MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Rango Ley
Publicación 2000-10-10
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley 25.312

Declárase al Teatro Mitre de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Monumento Histórico Nacional.

Sancionada: Septiembre 7 de 2000.

Promulgada de Hecho: Octubre 6 de 2000.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declárase Monumento Histórico Nacional al Teatro Mitre, ubicado en las calles Alvear y Lamadrid, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy.
ARTICULO 2º — Encomiéndase a la Comisión Nacional de Museos y Lugares Históricos la conservación y cuidado del inmueble mencionado en el artículo anterior, conforme lo establecido en la Ley 12.665.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO EN BUENOS AIRES A LOS SIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.

REGISTRADA BAJO EL Nº 25.312

RAFAEL PASCUAL. — JOSE GENOUD. — Guillermo Aramburu. — Mario L. Pontaquarto.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.