SERVICIOS PUBLICOS
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Ley 26.100
Ratifícanse las disposiciones contenidas en los Decretos Nros. 304 del 21 de marzo de 2006 y 373 del 4 de abril de 2006 y en la Resolución Nº 676 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios del 4 de abril de 2006.
Sancionada: Mayo 17 de 2006.
Promulgada de Hecho: Junio 6 de 2006.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina reunidos en Congreso,
etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Ratifícanse las disposiciones contenidas en el Decreto N° 304/06 de fecha 21 de marzo de 2006 y en el Decreto N° 373 de fecha 4 de abril de 2006 que fueran dictadas en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 3 de la Constitución de la Nación Argentina y la resolución complementaria N° 676, del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de fecha 4 de abril de 2006.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 26.100 —
ALBERTO BALLESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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