JUSTICIA
JUSTICIA
Ley 26.143
Sustitúyese un artículo de la Ley Nº 23.735.
Sancionada: Septiembre 6 de 2006
Promulgada: Septiembre 26 de 2006
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Sustitúyese el artículo 2º de la Ley Nº 23.735 por el siguiente:
Artículo 2º: Créanse DOS (2) Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, a los que corresponderán los números 3 y 4 y contarán con DOS (2) secretarías cada uno de ellos. El Juzgado Nº 3 tendrá competencia en lo criminal y correccional. El Juzgado Nº 4 tendrá competencia en todos los asuntos en que no corresponda intervenir a la justicia en lo criminal y correccional.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.143 —
ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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