JUSTICIA

Rango Ley
Publicación 1889-10-15
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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Ley núm. 2644

Creación de tres nuevos Juzgados de Instrucción en la Capital y una Secretaría más

El Senado y Cámara de Diputados.

Artículo 1.° Apruébase el acuerdo general de Ministros, fecha 8 de

Febrero del corriente año, dotando de una Secretaría más a los Juzgados

de Instrucción de la Capital.

Art. 2.° Los gastos autorizados por dicho acuerdo se acreditarán al mismo, imputándose a la presente Ley.
Art. 3.° Créanse tres nuevos Juzgados de Instrucción para la Capital de

la República, con la misma dotación de empleados que actualmente tienen

los existentes.

Art. 4.° El Poder Ejecutivo dividirá en tantas secciones el municipio,

cuantos Juzgados de Instrucción funcionen, debiendo los jueces

reemplazarse respectivamente en los casos de recusación, ausencia,

enfermedad u otro impedimento, en la forma establecida para los Jueces

de Paz, en el artículo 18 de la ley de 12 de Noviembre de 1886.

Art. 5.° Los gastos que demande la ejecución de esta ley, se harán de rentas generales, con imputación a la misma.
Art. 6.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 15 de Octubre de 1889.

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