ARMAS DE FUEGO
ARMAS DE FUEGO
Ley 26.520
Prorrógase el plazo de vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.
Sancionada: Setiembre 23 de 2009
Promulgada de Hecho: Octubre 15 de 2009
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Prorrógase el plazo de vigencia del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por Ley 26.216, prorrogado por el decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008, por el término de UN (1) año a partir de la fecha de su vencimiento.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.520 —
EDUARDO A. FELLNER. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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