SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Ley 26.522
Regúlanse los Servicios de Comunicación Audiovisual
en todo el ámbito territorial de la República Argentina.
Sancionada: Octubre 10 de 2009.
Promulgada: Octubre 10 de 2009.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación
Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
TITULO I
Disposiciones generales
CAPITULO I
Objeto
ARTICULO 1º— Alcance. El
objeto de la presente ley es la regulación de los servicios de
comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República
Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción,
desconcentración y fomento de la competencia con fines de
abaratamiento, democratización1 y universalización del
aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación.
Quedan comprendidas en las disposiciones de esta ley
todas las emisiones que tengan su origen en el territorio nacional, así
como las generadas en el exterior cuando sean retransmitidas o
distribuidas en él.
NOTA artículo 1º
El destino de la presente ley atiende a la previsión
legal de los servicios de comunicación audiovisual como una realidad
más abarcativa que la restringida emergente del concepto de
radiodifusión, toda vez que las tendencias legiferantes en el conjunto
de los países no solo se dedican a contemplar a las instancias
destinadas a las condiciones de los medios en tanto emisores últimos
frente al público, sino también otras circunstancias de orden de
políticas públicas regulatorias y de promoción del derecho a la
información y al aprovechamiento y alfabetización tecnológica superando
los criterios basados en la sola previsión del soporte técnico.
En este entendimiento, se siguieron aquellos
parámetros comparados que lucen como con mayor profundidad y avance. La
Comisión Europea ha publicado el 13 de diciembre de 2005 una propuesta
para la revisión de la directiva TVSF (Televisión sin Fronteras) que se
consagra en diciembre de 2007. Esta propuesta se orientaba y quedó
consagrada en los principios básicos de la directiva actual pero se
modifica en vista del desarrollo tecnológico. Desde este punto de
vista, se trata de una evolución de la directiva actual a una directiva
de servicios de medios audiovisuales independiente de la tecnología
implementada.
Contenidos audiovisuales idénticos o similares deben
ser reglamentados por el mismo marco regulatorio, independientemente de
la tecnología de transmisión. El reglamento debe depender —dice la
Directiva— solamente de la influencia sobre la opinión pública y no de
su tecnología de transmisión.
En el mismo sentido, dicen los fundamentos de la
Directiva, en su considerando Nº 27: "El principio del país de origen
debe seguir siendo el núcleo de la presente Directiva, teniendo en
cuenta que resulta esencial para la creación de un mercado interior.
Por lo tanto, debe aplicarse a todos los servicios de comunicación
audiovisual a fin de brindar seguridad jurídica a los prestadores de
tales servicios, seguridad que constituye un fundamento necesario para
la implantación de nuevos modelos de negocio y el despliegue de dichos
servicios. También es esencial el principio del país de origen para
garantizar la libre circulación de la información y de los programas
audiovisuales en el mercado interior".
Y siguen diciendo: "Los Estados miembros para
determinar caso por caso si una emisión difundida por un prestador del
servicio de comunicación establecido en otro Estado miembro está total
o principalmente dirigida a su territorio, podrán aducir indicadores
tales como el origen de los ingresos por publicidad y/o por abonados,
la lengua principal del servicio o la existencia de programas o
comunicaciones comerciales destinadas específicamente al público del
Estado miembro de recepción" (fundamentos 31 al 34).
En cuanto a la vocación de crecimiento de los
niveles de universalización del aprovechamiento de las tecnologías de
la comunicación y la información, el espíritu del proyecto es conteste
con los mandatos históricos emergentes de las Declaraciones y Planes de
Acción de las Cumbres Mundiales de la Sociedad de la Información de
Ginebra y Túnez de 2003 y 2005, diciendo ellas:
5 Reafirmamos nuestro compromiso con lo dispuesto en
el artículo 29 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, a
saber, que toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto
que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad,
y que, en el ejercicio de sus derechos y libertades, toda persona
estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con
el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos
y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la
moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad
democrática. El ejercicio de estos derechos y libertades no debe
contradecir en ningún caso los objetivos y principios de las Naciones
Unidas. Por esa razón, tenemos que fomentar una sociedad de la
información en la que se respete la dignidad humana.
8 Reconocemos que la educación, el conocimiento, la
información y la comunicación son esenciales para el progreso, la
iniciativa y el bienestar de los seres humanos. Por otra parte, las
tecnologías de la información y la comunicación (TIC) tienen inmensas
repercusiones en prácticamente todos los aspectos de nuestras vidas. El
rápido progreso de estas tecnologías brinda oportunidades sin
precedentes para alcanzar niveles más elevados de desarrollo. Gracias a
la capacidad de las TIC para reducir las consecuencias de muchos
obstáculos tradicionales, especialmente el tiempo y la distancia, por
primera vez en la historia se puede utilizar el vasto potencial de
estas tecnologías en beneficio de millones de personas en todo el mundo.
9 Reconocemos que las TIC deben considerarse como un
instrumento y no como un fin en sí mismas. En condiciones favorables
estas tecnologías pueden ser un instrumento muy eficaz para acrecentar
la productividad, generar crecimiento económico, crear empleos y
posibilidades de contratación, así como para mejorar la calidad de la
vida de todos. Por otra parte, pueden promover el diálogo entre las
personas, las naciones y las civilizaciones.
10 Somos plenamente conscientes de que las ventajas
de la revolución de la tecnología de la información están en la
actualidad desigualmente distribuidas entre los países desarrollados y
en desarrollo, así como en las sociedades. Estamos plenamente
comprometidos a hacer de esta brecha digital una oportunidad digital
para todos, especialmente aquellos que corren peligro de quedar
rezagados y aún más marginalizados. (Declaración Cumbre Mundial de la
Sociedad de la Información —CMSI— Ginebra 2003).
En el Plan de Acción de la CMSI se prevé entre otros
aspectos:
Apartado 8. Diversidad e identidad culturales,
diversidad lingüística y contenido local
23 La diversidad cultural y lingüística, al promover
el respeto de la identidad cultural, las tradiciones y las religiones,
es fundamental para el desarrollo de una sociedad de la información
basada en el diálogo entre culturas y en una cooperación regional e
internacional. Es un factor importante del desarrollo sostenible.
Definir políticas que alienten el respeto, la
conservación, la promoción y el desarrollo de la diversidad cultural y
lingüística y del acervo cultural en la sociedad de la información,
como queda recogido en los documentos pertinentes adoptados por las
Naciones Unidas, incluida la Declaración Universal de la UNESCO sobre
la Diversidad Cultural. Esto incluye, entre otras cosas, alentar a los
gobiernos a definir políticas culturales que estimulen la producción de
contenido cultural, educativo y científico y la creación de un entorno
cultural local adaptado al contexto lingüístico y cultural de los
usuarios.
Crear políticas y legislaciones nacionales para
garantizar que las bibliotecas, los archivos, los museos y otras
instituciones culturales puedan desempeñar plenamente su función de
proveedores de contenido (que incluye los conocimientos tradicionales)
en la sociedad de la información, especialmente, ofreciendo un acceso
permanente a la información archivada.
Apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y
utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la
conservación del acervo natural y cultural, manteniéndolo accesible
como una parte viva de la cultura presente. Entre otras cosas, crear
sistemas que garanticen el acceso permanente a la información digital
archivada y el contenido multimedios en registros digitales, y proteger
los archivos, las colecciones culturales y las bibliotecas que son la
memoria de la humanidad.
Definir y aplicar políticas que preserven,
afirmen, respeten y promuevan la diversidad de la expresión cultural,
los conocimientos y las tradiciones indígenas mediante la creación de
contenido de información variado y la utilización de diferentes
métodos, entre otros, la digitalización del legado educativo,
científico y cultural.
Ayudar a las administraciones locales en la
creación, traducción y adaptación de contenido local, la elaboración de
archivos digitales y de diversos medios digitales y tradicionales.
Estas actividades pueden fortalecer las comunidades locales e indígenas.
Proporcionar contenido pertinente para las
culturas y los idiomas de las personas en la sociedad de la
información, mediante el acceso a servicios de comunicación
tradicionales y digitales.
Promover, mediante asociaciones entre los
sectores público y privado, la creación de contenido local y nacional
variado, incluidos los contenidos en el idioma de los usuarios, y
reconocer y apoyar el trabajo basado en las TIC en todos los campos
artísticos.
Reforzar los programas de planes de estudios con
un componente de género importante, en la educación oficial y no
oficial para todos, y mejorar la capacidad de las mujeres para utilizar
los medios informativos y la comunicación, con el fin de desarrollar en
mujeres y niñas la capacidad de comprender y elaborar contenido TIC.
Favorecer la capacidad local de creación y
comercialización de programas informáticos en idioma local, así como
contenido destinado a diferentes segmentos de la población, incluidos
los analfabetos, las personas con discapacidades y los colectivos
desfavorecidos o vulnerables, especialmente en los países en desarrollo
y en los países con economías en transición.
Apoyar los medios de comunicación basados en las
comunidades locales y respaldar los proyectos que combinen el uso de
medios de comunicación tradicionales y de nuevas tecnologías para
facilitar el uso de idiomas locales, para documentar y preservar los
legados locales, lo que incluye el paisaje y la diversidad biológica, y
como medio de llegar a las comunidades rurales, aisladas y nómades.
Desarrollar la capacidad de las poblaciones
indígenas para elaborar contenidos en sus propios idiomas.
Colaborar con las poblaciones indígenas y las
comunidades tradicionales para ayudarlas a utilizar más eficazmente sus
conocimientos tradicionales en la sociedad de la información.
Intercambiar conocimientos, experiencias y
prácticas óptimas sobre las políticas y las herramientas destinadas a
promover la diversidad cultural y lingüística en el ámbito regional y
subregional. Esto puede lograrse estableciendo Grupos de Trabajo
regionales y subregionales sobre aspectos específicos del presente Plan
de Acción para fomentar los esfuerzos de integración.
Evaluar a nivel regional la contribución de las
TIC al intercambio y la interacción culturales, y, basándose en los
resultados de esta evaluación, diseñar los correspondientes programas.
Los gobiernos, mediante asociaciones entre los
sectores público y privado, deben promover tecnologías y programas de
investigación y desarrollo en esferas como la traducción, la
iconografía, los servicios asistidos por la voz, así como el desarrollo
de los equipos necesarios y diversos tipos de modelos de programas
informáticos, entre otros, programas informáticos patentados y de
fuente abierta o gratuitos, tales como juegos de caracteres
normalizados, códigos lingüísticos, diccionarios electrónicos,
terminología y diccionario ideológicos, motores de búsqueda
plurilingües, herramientas de traducción automática, nombres de dominio
internacionalizados, referencia de contenido y programas informáticos
generales y de aplicaciones.
Apartado 9. Medios de Comunicación
24 Los medios de comunicación, en todas sus
modalidades y regímenes de propiedad, tienen también un cometido
indispensable como actores en el desarrollo de la sociedad de la
información y se considera que son un importante contribuyente a la
libertad de expresión y la pluralidad de la información.
Alentar a los medios de comunicación —prensa y
radio, así como a los nuevos medios— a que sigan desempeñando un
importante papel en la sociedad de la información.
Fomentar la formulación de legislaciones
nacionales que garanticen la independencia y pluralidad de los medios
de comunicación.
Tomar medidas apropiadas —siempre que sean
compatibles con la libertad de expresión— para combatir los contenidos
ilegales y perjudiciales en los medios de comunicación.
Alentar a los profesionales de los medios de
comunicación de los países desarrollados a crear relaciones de
colaboración y redes con los medios de comunicación de los países en
desarrollo, especialmente en el campo de la capacitación.
Promover una imagen equilibrada y variada de las
mujeres y los hombres en los medios de comunicación.
Reducir los desequilibrios internacionales que
afectan a los medios de comunicación, en particular en lo que respecta
a la infraestructura, los recursos técnicos y el desarrollo de las
capacidades humanas, aprovechando todas las ventajas que ofrecen las
TIC al respecto.
Alentar a los medios de comunicación
tradicionales a reducir la brecha del conocimiento y facilitar la
circulación de contenido cultural, en particular en las zonas rurales.
Apartado 10. Dimensiones éticas de la sociedad de la
información
25 La sociedad de la información debe basarse en
valores aceptados universalmente, promover el bien común e impedir la
utilización indebida de las TIC.
Tomar las medidas necesarias para promover la
observancia de la paz y el mantenimiento de los valores fundamentales
de libertad, igualdad, solidaridad, tolerancia, responsabilidad
compartida y respeto de la naturaleza.
Todas las partes interesadas deben acrecentar su
conciencia de la dimensión ética de su utilización de las TIC.
Todos los actores de la sociedad de la
información deben promover el bien común, proteger la privacidad y los
datos personales así como adoptar las medidas preventivas y acciones
adecuadas, tal como lo establece la ley, contra la utilización abusiva
de las TIC, por ejemplo, las conductas ilegales y otros actos motivados
por el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otros tipos de
intolerancia, el odio, la violencia, y todas las formas del abuso
infantil, incluidas la pedofilia y la pornografía infantil, así como el
tráfico y la explotación de seres humanos.
Invitar a las correspondientes partes
interesadas, especialmente al sector docente, a seguir investigando
sobre las dimensiones éticas de las TIC.
1 Subsecretaría de Defensa del Consumidor.
ARTICULO 2º— *Carácter y alcances de la
definición*.
La actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual se
considera una actividad de interés público, de carácter fundamental
para el desarrollo sociocultural de la población por el que se
exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir,
⋯
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