ENERGIA ELECTRICA
ENERGIA ELECTRICA
Ley 26.675
Ley N° 14.772. Declaración de jurisdicción nacional respecto de los servicios públicos de electricidad interconectados.
Sancionada: Abril 13 de 2011
Promulgada de Hecho: Mayo 11 de 2011
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — La declaración de jurisdicción nacional establecida por el artículo 1° de la Ley 14.772 respecto de los servicios públicos de electricidad interconectados ubicados en numerosos partidos del Gran Buenos Aires está referida exclusivamente al territorio ocupado a la fecha de sanción de la ley por las redes de distribución de las empresas antecesoras de SEGBA S.A., más una expansión razonable de las mismas.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.675 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Luis G. Borsani.
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