CONMEMORACIONES

Rango Ley
Publicación 2012-08-03
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

CONMEMORACIONES

Ley 26.754

**Institúyase el día 24 de agosto como

“Día del Lector”, en conmemoración y homenaje al día del natalicio del

escritor argentino Jorge Luis Borges.**

Sancionada: Junio 27 de 2012

Promulgada: Julio 25 de 2012

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Instituir el día 24 de agosto de cada año como “Día del

Lector”, en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor

argentino Jorge Luis Borges.

ARTICULO 2º — Encomendar al Poder Ejecutivo Nacional la realización en

dicha fecha de actos de divulgación de la lectura y de reconocimiento a

la obra y a la trayectoria de Borges, como figura insoslayable de la

literatura nacional y universal.

ARTICULO 3º —Invitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.

ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.754 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.