PERSONAL MILITAR
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Ley 26.772
Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de fuerzas nacionales.
Sancionada: Octubre 10 de 2012
Promulgada de Hecho: Noviembre 2 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio
nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según
corresponda, para que participen del programa de ejercitaciones
combinadas desde el 1° de setiembre de 2012 hasta el 31 de agosto de
2013, de acuerdo a la información detallada en los anexos I, II, III,
IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII,
XIX, XX, XXI, XXII, XXIII y XXIV que forman parte integrante de la
presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.772 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
NOTA: Los Anexos que integran esta Ley se publican en la edición web
del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados
en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad
Autónoma de Buenos Aires).
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.