ACUERDOS
ACUERDOS
Ley 26.798
Apruébase el Acuerdo Preferencial de Comercio entre el Mercosur y la Unión Aduanera de Africa del Sur.
Sancionada: Noviembre 21 de 2012
Promulgada: Diciembre 13 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el
ACUERDO PREFERENCIAL DE COMERCIO ENTRE EL MERCADO COMUN DEL SUR
(MERCOSUR) Y LA UNION ADUANERA DE AFRICA DEL SUR (SACU), suscripto por
los Estados Parte del MERCOSUR en Salvador —REPUBLICA FEDERATIVA DEL
BRASIL—, el 15 de diciembre de 2008, y por los Estados Miembros de la
SACU en Maseru —REINO DE LESOTHO—, el 3 de abril de 2009, que consta de
CUARENTA Y UN (41) artículos y SIETE (7) ANEXOS, cuya fotocopia
autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTIUN DIAS DE MES DE NOVIEMBRE DEL AÑOS DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.798 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
NOTA: El Anexo que integra esta Ley se publica en la edición web del
BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la
Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma
de Buenos Aires).
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.