ALIMENTOS ARGENTINOS

Rango Ley
Publicación 2013-01-23
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

ALIMENTOS ARGENTINOS

Ley 26.839

Declárase al Aceite de Oliva Argentino como Alimento Nacional.

Sancionada: Noviembre 29 de 2012

Promulgada de Hecho: Enero 8 de 2013

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declárase al Aceite de Oliva Argentino como Alimento Nacional.

ARTICULO 2º — Se define Aceite

de Oliva Argentino al industrializado en la República Argentina,

utilizando únicamente como materia prima aceitunas que sean

íntegramente cosechadas en territorio argentino, cuya composición se

ajuste a lo establecido en el artículo 535 del Código Alimentario

Nacional, ley 18.284 y normas complementarias y las que en el futuro se

dicten.

ARTICULO 3º — El Poder

Ejecutivo debe promover el Aceite de Oliva Argentino en todos los

eventos y actividades culturales, sociales o deportivas de carácter

oficial o que se encuentren previstos en las agendas oficiales

nacionales. En todo evento debe preverse la presencia de la expresión,

imagen e isologo del Aceite de Oliva Argentino Alimento Nacional y la

promoción de dicho alimento y sus tradiciones.

Dicha promoción tiene como objetivo principal incrementar el consumo

interno del Aceite de Oliva Argentino, orientar su incorporación a la

canasta alimentaria habitual de los argentinos y resaltar y fortalecer

las propiedades nutricionales y demás valores diferenciales del Aceite

de Oliva Argentino.

ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.839 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.