PERSONAL MILITAR
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Ley 26.841
**Autorízase la salida del territorio
nacional de medios, personal militar y de seguridad, para que
participen en la Misión de estabilización de las Naciones Unidas en
Haití (MINUSTAH).**
Sancionada: Diciembre 19 de 2012
Promulgada de Hecho: Enero 10 de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° —Autorízase la
salida del territorio nacional de medios, personal militar y de
seguridad, como también personal destinado a actividades de ayuda
humanitaria y de desarrollo institucional, social y de infraestructura,
para que participen en la Misión de Estabilización de las Naciones
Unidas en Haití (Minustah) por el plazo de dos (2) años a partir del 1°
de julio de 2012, de acuerdo a la información detallada en el Anexo I,
que forma parte integrante de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.841 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
NOTA: El Anexo que integra esta Ley se publica en la edición web del
BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la
Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma
de Buenos Aires).
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.