ARMAS DE FUEGO
ARMAS DE FUEGO
Ley 26.919
Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego. Nuevo plazo de ejecución.
Sancionada: Noviembre 27 de 2013
Promulgada: Diciembre 16 de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Dispónese un
nuevo plazo de ejecución, a partir del 12 de diciembre de 2013 y hasta
el 31 de diciembre de 2015, del Programa Nacional de Entrega Voluntaria
de Armas de Fuego, creado por ley 26.216, prorrogado por Decreto 560 de
fecha 3 de abril de 2008 y por las leyes 26.520, 26.644 y 26.792.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.919 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
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