CONMEMORACIONES

Rango Ley
Publicación 2014-11-11
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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CONMEMORACIONES

Ley 27.002

Día Nacional de la Juventud.

Sancionada: Octubre 22 de 2014

Promulgada de Hecho: Noviembre 7 de 2014

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° —Institúyese el 16

de septiembre de cada año como Día Nacional de la Juventud en

conmemoración de la denominada Noche de los Lápices.

ARTICULO 2° — El Ministerio de

Educación de la Nación, en el marco del Consejo Federal de Educación,

promoverá la incorporación de la fecha mencionada en el artículo

precedente en el calendario escolar e implementará actividades

tendientes a difundir entre los alumnos el conocimiento y significado

de la conmemoración.

ARTICULO 3° — Invítase a las

jurisdicciones educativas provinciales y de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a adherir a esta ley a los mismos efectos dispuestos en el

artículo 2°.

ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 27.002 —

AMADO BOUDOU. — NORMA A. ABDALA DE MATARAZZO. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.

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