PROTOCOLOS

Rango Ley
Publicación 2014-12-29
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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PROTOCOLOS

Ley 27.035

Apruébase Protocolo Relativo a la Comisión Internacional de Estado Civil.

Sancionada: Noviembre 19 de 2014

Promulgada: Diciembre 10 de 2014

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse el PROTOCOLO RELATIVO A LA COMISIÓN

INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL, suscripto en Berna —CONFEDERACIÓN SUIZA—

el 25 de septiembre de 1950, que consta de CUATRO (4) artículos; el

PROTOCOLO ADICIONAL AL PROTOCOLO RELATIVO A LA COMISIÓN INTERNACIONAL

DE ESTADO CIVIL FIRMADO EN BERNA EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1950, suscripto

en Luxemburgo —GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO— el 25 de septiembre de 1952,

que consta de UN (1) artículo único; el REGLAMENTO DE LA COMISIÓN

INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL, adoptado por la Asamblea General de la

COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESTADO CIVIL el 19 de septiembre de 2001 en

Atenas —REPÚBLICA HELÉNICA—, que consta de TREINTA Y DOS (32) artículos

y el REGLAMENTO FINANCIERO DE LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE ESTADO

CIVIL, adoptado por la Asamblea General de la COMISIÓN INTERNACIONAL DE

ESTADO CIVIL el 19 de septiembre de 2001 en Atenas — REPÚBLICA

HELÉNICA—, que consta de SEIS (6) artículos, cuyas copias autenticadas,

en idiomas español, francés e inglés, forman parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 27.035 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.