ADUANA
ADUANA
Ley 27173
Creación.
Sancionada: Agosto 26 de 2015
Promulgada de Hecho: Setiembre 21 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Créase una aduana con asiento en la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2° — La Administración
Federal de Ingresos Públicos establecerá la clase, naturaleza e
importancia de las operaciones, regímenes y destinaciones que puedan
cumplirse en la misma conforme a lo establecido en el Código Aduanero
(ley 22.415 y sus modificaciones).
ARTÍCULO 3° — El gasto que
demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley será
atendido con créditos presupuestarios que asignen a la Dirección
General de Aduanas.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27173 —
AMADO BOUDOU. — JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.