SUBSIDIOS
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Ley 27205
Ley N° 26.690. Ampliación.
Sancionada: Octubre 28 de 2015
Promulgada: Noviembre 09 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Amplíase por el
término de ciento ochenta (180) días hábiles administrativos, a partir
de la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina de la
presente ley, el plazo previsto en el artículo 4° de la ley 26.690 a
efectos de realizar ante la autoridad de aplicación la presentación de
la solicitud requiriendo el resarcimiento económico acordado por la
norma precitada y su decreto reglamentario 367/12.
ARTÍCULO 2° — Autorízase al
Poder Ejecutivo nacional a efectuar las adecuaciones presupuestarias
requeridas para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27205 —
AMADO BOUDOU. — JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.
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