BIENES DE INTERES HISTORICO NACIONAL

Rango Ley
Publicación 2016-08-26
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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BIENES DE INTERÉS HISTÓRICO NACIONAL

Ley 27268

Declárase bien de Interés Histórico Nacional a la casa donde viviera el escritor Jorge Luis Borges.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Declárase Bien de Interés Histórico Nacional, en los

términos de la ley 12.665, a la casa donde viviera el escritor Jorge

Luis Borges, sita en la calle Diagonal Brown N° 301, de la ciudad de

Adrogué, partido de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de

Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación,

instrumentará todo lo atinente par el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

— REGISTRADA BAJO EL N° 27.268 —

MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

Buenos Aires, 24 de agosto de 2016

En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución

Nacional, certifico que la Ley Nº 27.268 (IF-2016-843303-APN-SLYT)

sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 13 de julio de

2016, ha quedado promulgada de hecho el día 19 de agosto de 2016.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial,

gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento

y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE CULTURA. Cumplido,

archívese. — Pablo Clusellas.

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