EMERGENCIA NACIONAL

Rango Ley
Publicación 2017-05-26
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
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EMERGENCIA NACIONAL

Ley 27354

Declárase emergencia económica, productiva, financiera y social.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°- Declárase en emergencia económica, productiva, financiera

y social por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días a la

cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén

y Río Negro.

ARTÍCULO 2°- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar

regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones

impositivas y de la seguridad social por parte de la Administración

Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y Administración Nacional de la

Seguridad Social (ANSES).

ARTÍCULO 3°- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a prorrogar por igual término la vigencia de la presente.
ARTÍCULO 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 27354 —

EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2017

En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución

Nacional, certifico que la Ley Nº 27.354 (IF-2017-9207617-APN-SST#SLYT)

sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 26 de abril de

2017, ha quedado promulgada de hecho el día 18 de mayo de 2017.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial,

gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento

y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA. Cumplido,

archívese. — Pablo Clusellas.

e. 26/05/2017 N° 36101/17 v. 26/05/2017

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