MONUMENTO HISTORICO NACIONAL

Rango Ley
Publicación 2019-12-20
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
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MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL

Ley 27537

Declaración.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1°- Declárese Monumento Histórico Nacional al “Chalet Huergo”

y al jardín histórico que lo circunda, con todos sus componentes tanto

naturales como culturales, sito en la ciudad de Comodoro Rivadavia,

provincia del Chubut.

Art. 2°- A los fines dispuestos en el artículo 1° de la presente ley,

el citado bien quedará amparado por las disposiciones de las leyes

12.665 y 25.197.

Art. 3°- La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes

Históricos, convendrá con la Municipalidad de Comodoro Rivadavia los

términos y alcances de su cooperación, a los efectos de la mejor

preservación, guarda y utilización del monumento que se declara.

Art. 4°- La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes

Históricos practicará las inscripciones correspondientes en el Registro

Nacional de Bienes Históricos e Históricos Artísticos y en los

registros catastrales y de la Propiedad Inmueble que correspondan.

Art. 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL VEINTE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.

REGISTRADO BAJO EL Nº 27537

MARTA G. MICHETTI - EMILIO MONZO - Eugenio Inchausti - Juan P. Tunessi

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2019

En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución

Nacional, certifico que la Ley Nº 27.537 (IF-2019-

107461087-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA

NACIÓN el 20 de noviembre de 2019, ha quedado promulgada de hecho el

día 18 de diciembre de 2019.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial,

gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y, para su conocimiento

y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE CULTURA. Cumplido,

archívese. Vilma Lidia Ibarra

e. 20/12/2019 N° 99093/19 v. 20/12/2019

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