INMUEBLES

Rango Ley
Publicación 2021-12-24
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 6
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INMUEBLES

Ley 27658

Transferencia.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1°- Transfiérase a título gratuito a favor de la Municipalidad

de Río Gallegos, el dominio del inmueble sito en avenida Presidente

Néstor Carlos Kirchner N° 2299-2399, identificado catastralmente, según

plano de mensura 42-P-1976, como circunscripción I - sección A -

manzana 23 A - parcelas 1 a 15, con una superficie de terreno

aproximada de tres mil noventa y tres metros cuadrados con treinta y

nueve decímetros cuadrados (3.093,39 m2), de la ciudad de Río Gallegos,

departamento de Güer Aike.

Artículo 2°- La transferencia que se dispone en el artículo precedente

se efectúa con el cargo a que la beneficiaria destine el inmueble al

uso exclusivo para la actividad de la atención primaria de salud.

Artículo 3°- El Poder Ejecutivo nacional, dentro de los sesenta (60)

días de sancionada la presente ley, adoptará las medidas pertinentes a

los efectos de concluir los trámites necesarios para el otorgamiento de

las respectivas escrituras traslativas de dominio.

Artículo 4°- Establécese un plazo de diez (10) años para el

cumplimiento del cargo impuesto en el artículo 2°; vencido el cual sin

que mediare observancia, el dominio del inmueble objeto de la presente

revertirá a favor del Estado nacional.

Artículo 5°- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente estarán a cargo de la beneficiaria.
Artículo 6° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.

REGISTRADA BAJO EL N° 27658

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Juan P. Tunessi - Eduardo Cergnul

e. 24/12/2021 N° 100810/21 v. 24/12/2021

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