IMPUESTOS

Rango Ley
Publicación 2022-11-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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IMPUESTOS

Ley 27702

Ley N° 27.432. Prórrogas.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1°- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, el plazo establecido en el artículo 2° de la ley 27.432.
Artículo 2°- Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive,

los plazos establecidos en los incisos a), c), d), f), g), h) y j) del

primer párrafo del artículo 4° y en el artículo 5°, todos ellos de la

ley 27.432.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, prorrógase toda

otra asignación específica de impuestos nacionales coparticipables

hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive, salvo que otra norma legal

disponga una fecha posterior, en cuyo caso será de aplicación lo

previsto en esta última.

Artículo 3°- Sustitúyese en el artículo 6° de la ley 23.427 y sus

modificaciones, de creación del Fondo para Educación y Promoción

Cooperativa, la expresión “treinta y siete (37) períodos fiscales” por

la expresión “cuarenta y dos (42) períodos fiscales”.

Artículo 4°- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia

el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto desde

esa fecha, inclusive.

Artículo 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.

REGISTRADA BAJO EL N° 27702

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

e. 30/11/2022 N° 98156/22 v. 30/11/2022

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