MERCOSUR
ACUERDOS
Ley 27800
Aprobación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Artículo 1 º - Apruébase el Acuerdo Interino de Comercio entre el
Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa
del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del
Uruguay, por una parte, y la Unión Europea, por otra parte, celebrado
en la ciudad de Asunción -República del Paraguay- el 17 de enero de
2026, que consta de veintitrés (23) capítulos con todos sus anexos y
apéndices, el que como anexo, en idioma español, forma parte de la
presente ley.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
REGISTRADA BAJO EL N° 27800
BARTOLOMÉ ESTEBAN ABDALA– MARTIN ALEXIS MENEM – Agustín Wenceslao Giustinian – Adrián Francisco Pagán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 26/02/2026 N° 10816/2026 v. 26/02/2026
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI,AnexoII,AnexoIII,AnexoIV,AnexoV,AnexoVI,AnexoVII,AnexoVIII,AnexoIX,AnexoX,AnexoXI, AnexoXII, AnexoXIII, AnexoXIV, AnexoXV, AnexoXVI,*AnexoXVII)
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.