PODER EJECUTIVO DE LA NACION - AUTORIZACION
**Ley N° 41
Ley legitimando los hijos naturales del General Urquiza.**
*El Senado y Cámara de Diputados de la Confederación Argentina, reunidos en Congreso sancionana con fuerza de
ley.*
Art. 1° Se autoriza al Poder Ejecutivo de la Nación, para que en
vista del espediente que el Exmo. Sr. Presidente, Brigadier General D.
Justo José de Urquiza produzca, para obtener la lejitimación de sus
hijos naturales, le otorgue esta con derecho á heredarle los
lejitimados, en virtud de esta sancion, concurriendo con perfecta
igualdad en cuando á la patria, potestad, herencia y demás derechos
civiles con los que puedan ser lejitimados por subsiguientes
matrimonio, ó nazcan lejítimos en vistud de este.
Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones del Congreso en el Paraná, Capital provisoria de la
Nación Argentina, á un día del mes de Setiembre del año de mil
ochocientos cincuenta y cinco. - BALTAZAR SANCHEZ. - Presidente. - Benjamín de Igarzábal. - Secretario.
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