TRATADOS INTERNACIONALES

Rango Ley
Publicación 1905-10-12
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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TRATADO

Ley Nº 4.862

**MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Aprobando la convención sancionada por la conferencia de Roma, de 28 de

Mayo ppdo., para crear un Instituto Internacional de Agricultura.**

Buenos Aires, Octubre 6 de 1905.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Art. 1° Apruébase la convención

sancionada por la conferencia reunida en Roma el veintiocho de Mayo de

mil novecientos cinco, para la creación de un Instituto Internacional

de Agricultura, con asiento en la misma ciudad.

Art. 2° A los efectos determinados en el artículo diez de la citada

convención, la República se inscribirá como Estado de primera

categoría.

Art. 3° Mientras no se incluya en la ley general de presupuesto el

gasto que demande la ejecución de lo dispuesto en el artículo anterior,

se cubrirá con rentas generales, imputándose á la presente ley.

Art. 4° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á veintiocho de Septiembre de mil novecientos cinco.

J. Figueroa Alcorta.

Adolfo F. Labougle.

Secret. del Senado.

Angel Sastre.

A. M. Tallaferro.

Prosec. de la C. de DD.

Registrada bajo el número 4862.

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése al registro Nacional.

Quintana.

C. Rodríguez Larreta.

| J. Figueroa Alcorta.

Adolfo F. Labougle.

Secret. del Senado. | Angel Sastre.

A. M. Tallaferro.

Prosec. de la C. de DD. | | --- | --- |

Quintana.
C. Rodríguez Larreta.

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