HIDROCARBUROS

Rango Ley
Publicación 1873-09-19
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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**Ley N° 624

Exonerando de derechos de introducción a los materiales á los materiales y

útiles para la primera planteación de usinas de gas para el alumbrado público

de las ciudades de la

República.**

*Departamento

de Hacienda. -*

Buenos Aires, Setiembre 22 de 1873.

Por cuanto:

*El Senado y Cámara

de Diputados de la

Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza

de*

ley:

Art 1° La introducción de

los materiales y útiles necesarios para la primera planteación de

Usinas de Gas para el alumbrado público de las ciudades de la

República, es libre de derechos desde la promulgación de esta ley.

Art. 2° Comuniquese al poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de

Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á los diez y nueve

días del mes de Setiembre de mil ochocientos setenta y tres. ADOLFO

ALSINA. - Carlos M. Saravia, Secretario del Senado. - OCTAVIO GARRIGÓS. Bernardo Solveyra, secretario de la Cámara de Diputados.

Por tanto: Cúmplase, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional. - SARMIENTO. - Luis L. Dominguez.

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