PERMITE EL VOTO DE LOS HABITANTES DE LA LOCALIDAD DE CHAITÉN EN LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y PARLAMENTARIAS DEL AÑO 2009
LEY NÚM. 20.391
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo UNICO
La votación y el escrutinio correspondientes a los electores de la Circunscripción Electoral de Chaitén, en las elecciones presidenciales y parlamentarias del año 2009, se realizarán de conformidad a lo dispuesto en los artículos 11 y 12 transitorios de la ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, y en los artículos 20 a 22 transitorios de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Tribunal Constitucional
Tribunal Constitucional
Proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que permite el voto de los habitantes de la localidad de Chaitén en las elecciones presidenciales y parlamentarias. Boletín 6542-06
El Secretario del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la Honorable Cámara de Diputados envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de constitucionalidad respecto del artículo único del mismo; y que por sentencia de 8 de octubre de 2009 en los autos Rol Nº 1.503-09-CPR.
Declaró:
Que el artículo único del proyecto remitido es constitucional.
Santiago, 9 de octubre de 2009.- Jaime Silva Mac-Iver, Secretario (S).
Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 20 de octubre de 2009.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Edmundo Pérez Yoma, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Patricio Rosende Lynch, Subsecretario del Interior.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.