MODIFICA REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INGRESO Y PROMOCIÓN EN LA PLANTA DE PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIDRÁULICA DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
D.F.L. Nº 281.- Santiago, 10 de noviembre de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República, la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley Nº 20.313 y lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 39, de 2004, del Ministerio de Hacienda, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo UNICO
Modifícanse los requisitos específicos para el ingreso y promoción en la planta del personal y cargos del Instituto Nacional de Hidráulica establecidos en el decreto con fuerza de ley Nº 140, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas, por los siguientes:
Director Ejecutivo, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración, más grado académico de Magíster o superior y experiencia profesional mínima de 5 años.
Jefe de División Grado 3º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 7 años.
CARGOS DE CARRERA
DIRECTIVOS
Directivo Grado 9º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 9 años como mínimo; o ii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos; o iii.- Desempeño de, a lo menos, 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso; o iv.- Desempeño de, a lo menos, 4 años en cargos de la Planta de Directivos del Instituto Nacional de Hidráulica.
Directivo Grado 11º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 7 años como mínimo; o ii.- Título de Técnico de Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 9 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos; o iii.- Título de Técnico Nivel Medio y desempeño de, a lo menos, 5 años en cargos de la Planta de Técnicos del Instituto Nacional de Hidráulica; o iv.- Estar desempeñándose en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Administrativos por, a lo menos, 9 años y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso de ingreso; o v.- Estar desempeñándose en cargos de la Planta de Administrativos del Instituto Nacional de Hidráulica por, a lo menos, 5 años y haber aprobado curso de gestión directiva de, a lo menos, 60 horas o haber aprobado 60 horas, a lo menos, de capacitación pertinente durante los 3 años inmediatamente anteriores al concurso de ingreso.
PROFESIONALES
Grado 4º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, más grado académico de Magíster o superior y experiencia profesional mínima de 4 años.
Grado 5º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años; o ii.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, más grado académico de Magíster o superior y experiencia profesional mínima de 4 años; o iii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración, más grado académico de Magíster o superior y experiencia profesional mínima de 5 años; o iv.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 10 años.
Grado 6º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 4 años; o ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 6 años.
Grado 7º, alternativamente:
i.- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 3 años; o ii.- Título profesional de una carrera de 8 o 9 semestres de duración y experiencia profesional mínima de 5 años.
Grado 13º:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración.
TÉCNICOS
Grado 10º:
Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y experiencia laboral como Técnico de Nivel Superior de 5 años como mínimo.
Grado 18º, alternativamente:
i.- Título de Técnico de Nivel Superior otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste; o ii.- Título Técnico de Nivel Medio.
ADMINISTRATIVOS
Grados 12º y 13º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 5 años.
Grados 14º al 18º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 3 años.
Grado 20º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 2 años.
Grados 21º, 22º y 24º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
AUXILIARES
Grado 18º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 3 años.
Grado 19º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente y experiencia laboral mínima de 2 años.
Grados 21º al 24º y 27º: Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Artículo TRANSITORIO UNICO
Los funcionarios que a la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley se encuentren desempeñando cargos de planta o a contrata en el Instituto Nacional de Hidráulica, podrán ser nombrados, promovidos o contratados cumpliendo indistintamente los requisitos contemplados en este texto legal o los establecidos en el D.F.L. Nº 140, de 1991, del Ministerio de Obras Públicas. Respecto de quienes, a la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley, se encuentren desempeñando cargos afectos al Sistema de Alta Dirección Pública, no les serán exigibles los requisitos establecidos en el artículo anterior, siendo éstos exigibles sólo una vez que dichos cargos queden vacantes por cualquier causa.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance decreto con fuerza de ley Nº 281, de 2009, del Ministerio de Obras Públicas
Nº 4.492.- Santiago, 26 de enero de 2010. Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto con fuerza de ley Nº 281, de 2009, del Ministerio de Obras Públicas, que modifica los requisitos específicos de ingreso y promoción de la planta de personal del Instituto Nacional de Hidráulica de esa Secretaría de Estado, establecidos en el artículo 2º del decreto con fuerza de ley Nº 140, de 1991, del mismo Ministerio. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que la exención de los requisitos de ingreso y promoción contemplados en el texto normativo en estudio, prevista en su artículo transitorio único, inciso primero, sólo opera respecto de los funcionarios que a la fecha de entrada en vigencia del decreto con fuerza de ley en trámite se encuentren desempeñando cargos de planta o a contrata en el referido Instituto, en la medida que se mantengan en el ejercicio de dichos cargos y en esas mismas calidades. Asimismo, que en los vistos del decreto en análisis debe estimarse incluido el decreto con fuerza de ley Nº 36, de 2003, del Ministerio de Hacienda, en cuanto determina para los servicios dependientes o relacionados con el Ministerio de Obras Públicas, los cargos que tendrán la calidad de altos directivos públicos. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Obras Públicas Presente.
Anótese, tómese razón y publíquese.- EDMUNDO PÉREZ YOMA, Vicepresidente de la República.- Sergio Bitar Chacra, Ministro de Obras Públicas.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Juan Eduardo Saldivia Medina, Subsecretario de Obras Públicas.