MODIFICA PLANTA DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS, NOMBRA Y ENCASILLA A FUNCIONARIOS QUE SEÑALA DE LA PLANTA TRANSITORIA ADSCRITA A LA SUBSECRETARÍA DE HACIENDA
DFL Núm. 9.- Santiago, 23 de noviembre de 2009.- Vistos: El artículo 16 y las facultades que me ha conferido el artículo 17 de la ley Nº 20.309, que transformó Casa de Moneda de Chile en sociedad anónima; la resolución de Hacienda Nº 71, de 2009, y lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Chile; dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
Modifícase conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley Nº 20.309, la planta de personal del Servicio Nacional de Aduanas, contenida en el artículo 7º de la ley Nº 19.479 y en el decreto con fuerza de ley Nº 39 del Ministerio de Hacienda, de 2003, creándose los cargos que se indican a continuación:
Plantas/Cargos Grados Número ESF
Directivo 12 1 Directivo 13 1 Directivo 15 2 Directivo 16 1 Directivo 17 2 Directivo 18 3 Directivo 19 1
Total planta directivos 11
Total cargos 11
Artículo 2
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos antes señalados:
Del grado 12 al 19 Requisitos alternativos:
Para los grados 11 al 15, título de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. Para los grados 16 al 19, título de una carrera de, a lo menos, seis semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y experiencia mínima de 5 años en el Servicio;
Desempeño de, a lo menos, 6 años en cargos de las plantas de Directivos o de Profesionales o de Técnicos del Servicio Nacional de Aduanas;
Desempeño de, a lo menos, 8 años en cargos de escalafón directivo de órganos de la Administración del Estado.
Artículo 3
Traspásanse a contar de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley, mediante encasillamiento, en los cargos creados en el artículo primero, en la Planta de Personal del Servicio Nacional de Aduanas, a los siguientes funcionarios titulares de la planta transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda, constituida por la resolución de Hacienda Nº 71 de 19 de mayo de 2009:
Nombre RUT que se E.S.F.
Philippi De Solminihac 5.861.658-3 Directivo Directivo Pablo Ernesto de carrera 12 Rocha Castillo Efraín René 5.120.995-8 Directivo Directivo Guajardo Aguilera Eduardo 6.029.605-7 Directivo Directivo Dávila Lucero Víctor Eduardo 7.168.974-3 Directivo Directivo Ramírez Mella Isabel Margarita 6.559.396-3 Directivo Directivo Botto Falchi Carlos Alejandro 5.312.977-3 Directivo Directivo Olmos Romo Clorinda Mercedes 7.155.650-6 Directivo Directivo Ramírez Mella Eliana del Carmen 7.542.825-1 Directivo Directivo Aguirre Aguirre Hernán Orlando 5.812.274-2 Directivo Directivo Farías Guajardo Mercedes Elena 7.410.586-6 Directivo Directivo Barrera Cortés Verónica Alicia 9.216.925-1 Directivo Directivo
Artículo 4
Traspásanse a contar de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto con fuerza de ley, mediante nombramiento, en los cargos vacantes que se indican de la Planta de Personal de al Servicio Nacional de Aduanas, a los siguientes funcionarios titulares de la planta transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda, constituida por la resolución de Hacienda Nº 71 de 19 de mayo de 2009 en los siguientes cargos vacantes:
Nombre RUT que se E.S.F.
González Pincheira Cecilia del Carmen 7.474.188-6 Técnico Técnico 17 Quintana Ñanculef Antonio 10.247.553-4 Técnico Técnico 20 Rojas Cortés Georgina Isabel 5.544.161-8 Administrativo Administrativo 19
Artículo 5
Increméntase en 14 (catorce) cargos la dotación máxima de personal del Servicio Nacional de Aduanas.
Artículo 6
El traspaso del personal de la planta transitoria adscrita al Servicio de Aduanas, que se dispone por este decreto con fuerza de ley, no será considerado como causal de término de servicios, ni de supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral. Las personas traspasadas conservarán el número de bienios que tengan reconocidos, como también el tiempo computable para uno nuevo.
Artículo 7
Los nombramientos y encasillamientos que se ordenan por este decreto con fuerza de ley no podrán significar menor renta a los funcionarios traspasados, para lo cual cualquier diferencia se pagará por planilla suplementaria de acuerdo a lo establecido en el inciso primero del artículo 17 de la ley Nº 20.309.
Disposición transitoria
Artículo TRANSITORIO
Las personas que por este acto se nombran o encasillan, no requerirán cumplir con los requisitos establecidos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos señalados en este decreto con fuerza de ley.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División Jurídica Cursa con alcances el decreto con fuerza de ley Nº9, de 2009, del Ministerio de Hacienda
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances el decreto con fuerza de ley Nº9, de 2009, del Ministerio de Hacienda
Nº 5.347.- Santiago, 29 de enero de 2010. Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto con fuerza de ley del rubro, que "Modifica planta del Servicio Nacional de Aduanas, nombra y encasilla a funcionarios que señala de la planta transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda", contenida, esta última, en la resolución Nº 71, de 2009, de dicha Subsecretaría, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que la planta de personal del Servicio Nacional de Aduanas sólo está contenida en la ley Nº 19.479 -que introduce modificaciones a la ordenanza de aduanas y a la ley orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicta normas sobre gestión y personal de dicho servicio y sustituye su planta de personal-, y no en el decreto con fuerza de ley Nº 39, de 2003, de la Secretaría de Estado referida -que determinó para los servicios públicos que indica, dependientes o relacionados con el Ministerio de Hacienda, los cargos que tendrán la calidad de altos directivos públicos-, como erróneamente se señala en el artículo 1º del texto normativo en estudio. Asimismo, debe entenderse que la dotación de personal del aludido servicio a que se hace mención en el artículo 5º del decreto con fuerza de ley en análisis, sólo se incrementa en once cargos, puesto que los tres restantes que dicho precepto incluye, corresponden a plazas vacantes que se proveen con los funcionarios a que se refiere su artículo 4º. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Hacienda Presente.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atte. a usted, María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.