REFORMA CONSTITUCIONAL QUE AMPLÍA EL PLAZO DE AUTORIZACIÓN PARA QUE EL CONGRESO NACIONAL SESIONE POR MEDIOS TELEMÁTICOS

Rango Ley
Publicación 2021-03-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
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LEY NÚM. 21.318

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de reforma constitucional originado en moción de los Honorables senadores señor Álvaro Elizalde Soto, señora Luz Ebensperger Orrego y señores Carlos Bianchi Chelech, Alfonso De Urresti Longton y José Miguel Insulza Salinas,

Proyecto de reforma constitucional:

Artículo ÚNICO

"Reemplázase, en el inciso primero de la disposición transitoria trigésima segunda de la Constitución Política de la República, las palabras iniciales "Por el plazo de un año" por "Hasta por el plazo de dos años", e intercálase, a continuación de la expresión "reforma,", la frase "y por la actual pandemia de COVID-19,".".

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 26 de marzo de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Juan José Ossa Santa Cruz, Ministro Secretario General de la Presidencia. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Máximo Pavez Cantillano, Subsecretario General de la Presidencia.

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