DECRETA EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA DE VIALIDAD DOS ORIENTE (AV. LOS QUINCHEROS) QUE AFECTA A LAS PROPIEDADES AV. RAÚL LABBÉ N° 14.000 Y N° 14.700, COMUNA DE LO BARNECHEA

Rango Decreto
Publicación 2025-12-15
Estado Vigente
Departamento MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
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Por decreto alcaldicio DAL N° 1.118/2025, de fecha 26 de noviembre de 2025, y en mérito de lo dispuesto en los artículos 19 N° 24 inciso 3 de la Constitución Política de la República, artículos 51 letra a), 59 y 83 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; artículos 4 y siguientes del decreto ley 2.186 de 1978, Ministerio de Justicia, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones; el artículo 2.3.3 "Sistema Vial Comunal Área Urbana Sector Valle de Lo Barnechea" del Plan Regulador Comunal, que dispone que se trata de franjas de terreno con destino vialidad y afectas a utilidad pública en conformidad de la ley; y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 33° inciso segundo, 56°, 63° y 65° letra g), de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades; Acuerdo del Concejo Municipal N° 7.514 de Sesión Ordinaria N° 1207, de fecha 12 de diciembre del 2024; se decretó: Exprópiase, para efectos de ejecutar el ensanche y apertura de la vía Dos Oriente (Avenida Los Quincheros), las franjas afectas a utilidad pública y el retazo de terreno comprendidos en las propiedades ubicadas en Av. Raúl Labbé N° 14.700, Rol de Avalúo 3597-051, lote 6 del plano S-1120, loteo Las Lomas, inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fojas 90.001 N° 69.121 del año 1995 y Av. Raúl Labbé N° 14.000, Rol de Avalúo 4025-005 y 4025-006, lote sin nombre y sin plano, loteo Pueblo Lo Barnechea, inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fojas 89.999 N° 69.118 del año 1995; ambas propiedades localizadas en la comuna de Lo Barnechea; a nombre de Inversiones Cerro 18 S.A.; individualizadas en el plano elaborado por la Dirección de Asesoría Urbana y Espacio Público, de fecha Junio de 2025, como Porción 1, contenida en el polígono G-H-M-N-O-Q-F-G de una superficie de 1.825,88 metros cuadrados, Porción 2 (retazo), contenida en el polígono O-P-Q-O de una superficie de 248,76 metros cuadrados y Porción 5, contenida en el polígono M-L-O-N-M de una superficie de 1.211,30 metros cuadrados. La Comisión de Peritos, integrada por Jesús Fernando Díaz Pasmiño; Gustavo Eduardo Picero García y Sergio Jeremías Órdenes Salinas, mediante Informes de Tasación Porción 1, Porción 2 y Porción 5, todos de fecha 13.06.2025, en su punto 4 Valorizaciones; fijó el monto de la indemnización provisional de $364.490.980 para la Porción 1, $50.876.960 para la Porción 2 (Retazo) y $898.035.550 para la Porción 5; totalizando en su conjunto la cantidad de $1.313.403.490. Páguese el monto fijado por la Comisión de Peritos en Informe Pericial de fecha 13.06.2025 por concepto de indemnización provisional, ascendente a la cantidad de $1.313.403.490 al contado, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 5° y 17° del DL N° 2.186, de 1978. Publíquese en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del decreto ley N° 2.186, de 1978. El texto íntegro del presente decreto se encuentra publicado también en la página web municipal. https://www.lobarnechea.cl/transparencia_activa/decretos/index.php?tabla=5.-

Vivian Barra Peñaloza, Secretaria Municipal.

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