EXTRACTO
Por decreto MOP. (Exento) N°1135, de 21 de noviembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. N°850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 8, 9, 13, 14 y 16, para la obra: AMPLIACION CAMINO PADRE HURTADO RUTA G-45, que figuran a nombre de CARNICERIA DONA CATA LIMITADA, CANALE CATINO ANTONIO, SERVICIOS TERRESTRES SUR AUSTRAL S, CEMENTERIOS PARQUE S A y SERVIU, roles de avalúo 5410-410, 5200-18, 5450-2, 5450-3 y 6500-42, Comuna de SAN BERNARDO, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO, superficies 1.011, 2.109, 326, 778 y 148 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CAROLINA ALEJANDRA BRITO RAMOS, MAURICIO EDUARDO MENDEZ BUSTOS y LUIS ALBERTO BERNALES GHACHAM, mediante informe de tasación de 05 de septiembre de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $161.838.400, para el lote N°8, $196.646.700, para el lote N°9, $47.732.400, para el lote N°13, $120.662.900, para el lote N°14 y $24.200.000, para el lote N°16. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.
Fiscalía MOP.
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