EXTRACTO
Por Decreto MOP. (Exento) Nº1149, de 21 de noviembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.185, 186, 187, 188 y 189, para la obra: EMBALSE ZAPALLAR, que figura a nombre de BUSTOS ACUNA ABRAHIM ABDALA, BORQUEZ OYARCE FRANCISCO, BORQUEZ SANDOVAL APOLONIO ANDRES, CARRASCO OLIVARES JOSE ABEL y NUNEZ URRA JORGE RODOLFO, roles de avalúo 107-310, 107-192, 107-191, 107-246 y 107-10, Comuna de EL CARMEN, REGIÓN DE ÑUBLE, superficies 3.371, 2.170, 4.783, 9.000 y 4.051 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por CAROLINA CLAUDIA VERDEJO DIAZ, CONSTANZA CAMILA VASQUEZ MUÑOZ y PATRICIA VERONICA ZAVALA CONTRERAS, mediante informe de tasación de 16 de septiembre de 2025, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $9.438.800 para el lote N°185, $6.076.000 para el lote N°186, $13.392.400 para el lote N°187, $25.200.000 para el lote N°188, y $11.342.800 para el lote N°189. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.
Fiscalía MOP.
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