Por Decreto MOP. (Exento) Nº1154, de 21 de noviembre de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s.148, 149, 150 y 151, para la obra: EMBALSE ZAPALLAR, que figuran a nombre de ORELLANA MUNOZ MARIA MILAGRO, ORELLANA MUNOZ MARIA MILAGRO, ORELLANA MUNOZ MARIA MILAGRO y BORQUEZ ORELLANA JOSE DANIEL Y OTRO, roles de avalúo 107-2, 107-2, 107-2 y 107-228, Comuna de EL CARMEN, REGIÓN DE ÑUBLE, superficies 58, 371, 67 y 462 m2 respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por PABLO ALEX MANSILLA ARAVENA, RODRIGO ALEXIS ESCOBAR FERNANDEZ y CARLOS ALBERTO MONTECINOS GALLEGUILLOS, mediante informe de tasación de 05 de septiembre de 2025, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $3.130.200 para el lote N°148, $13.091.900 para el lote N°149, $3.232.300 para el lote N°150, y $3.967.800 para el lote N°151. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N°2186, de 1978.
Fiscalía MOP.