MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA VTR COMUNICACIONES SpA
Santiago, 6 de noviembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 882 exento.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley. c) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. d) Decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N° 353, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, y sus modificaciones. f) La resolución afecta N° 16, de fecha 12.02.2013, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Generales para Concursos Públicos para la Asignación de Proyectos y sus respectivos Subsidios, correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones. g) La resolución afecta N° 2, de fecha 20.04.2020, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Específicas para el Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, modificada mediante resolución afecta N° 4, de fecha 08.07.2020, de la misma Subsecretaría. h) La resolución exenta N° 1.003, modificada por la resolución exenta N° 1.201, ambas de 2020 y de la Subsecretaría, que aprueba el Informe de Respuestas a las Consultas y Aclaraciones formuladas a las Bases Generales y Específicas del Concurso Público de los literales f) y g) de los vistos, respectivamente. i) Los ingresos Subtel N° 187.252, N° 186.736, N° 187.256 y N° 186.783, todos de fecha 05.08.2020, por los cuales VTR Comunicaciones SpA presenta su propuesta al concurso público del literal g) de los vistos, para la Zona 52. j) Los ingresos Subtel N° 249.556, N° 249.557 y N° 249.558, todos de fecha 05.08.2020, por los cuales VTR Comunicaciones SpA da respuesta a los primeros requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal i) de los Vistos. k) Los ingresos Subtel N° 278.162, N° 278.164, ambos de fecha 06.11.2020, y N° 283.766, de fecha 13.11.2020, por los cuales VTR Comunicaciones SpA, da respuesta a los segundos requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su propuesta del literal i) y los ingresos Subtel del literal j), ambos de los vistos, correspondientes a los "Set A" y "Set B", respectivamente. l) El oficio Ord. N° 19.852/GFDT N° 449, de fecha 18.12.2020, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a VTR Comunicaciones SpA la adjudicación de su propuesta de los literales i), j) y k) de los Vistos, para la Zona 52 del concurso público del literal g) de los Vistos. m) El decreto supremo N° 140, que otorgó la concesión, modificado mediante decreto exento N° 842, ambos del año 2021 y del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. n) El decreto exento N° 717, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 40.134, de fecha 25.03.2024, complementado mediante los ingresos Subtel N° 95.297, de fecha 29.07.2024, N° 105.441, de fecha 16.08.2024, N° 89.838, de fecha 07.08.2025, N° 97.187, de fecha 27.08.2025, N° 113.746, de fecha 09.10.2025 y N° 114.606, de fecha 13.10.2025. b) El oficio Ord. N° 808 GFDT N° 16, de fecha 19.01.2024, de la Subsecretaría, por el cual se solicita a VTR Comunicaciones SpA una propuesta técnica y comercial para ofrecer el Servicio de Conectividad para setenta y dos (72) Establecimientos Educacionales Subvencionados (EES) señalados por Mineduc en las Zonas 49, 53, 54, 60, 61, 62, 63, 64 y 65, aledañas a la Zona 52. c) El ingreso Subtel N° 14.291, de fecha 31 de enero de 2024, conteniendo propuesta técnica y comercial para ofrecer el Servicio de Conectividad para sesenta y ocho (68) Establecimientos Educacionales Subvencionados (EES) señalados por Mineduc en las Zonas 49, 53, 54, 60, 61, 62, 63, 64 y 65, aledañas a la Zona 52. d) El correo electrónico de la encargada de proyecto "Conectividad para la Educación 2030" del Centro de Innovación de Mineduc, de fecha 10 de enero de 2024, que comunica la aprobación del subsidio solicitado por VTR Comunicaciones SpA para sesenta y ocho (68) Establecimientos Educacionales Subvencionados (EES) señalados por Mineduc en las Zonas 49, 53, 54, 60, 61, 62, 63, 64 y 65, aledañas a la Zona 52. e) El oficio Ord. N° 3.308 GFDT N° 94, por el cual se comunica a VTR Comunicaciones SpA la aprobación de su propuesta técnica y comercial para ofrecer el Servicio de Conectividad a los nuevos EES señalados por Mineduc en el marco de lo regulado en el artículo 28° de las Bases del literal g) de los Vistos. f) El oficio Ord. N° 38, de fecha 27.10.2025, del Director del Centro de Innovación de la Subsecretaría de Educación, mediante el cual se informa de las bajas de los Establecimientos Educacionales de código RBD 6798 y 8075. g) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, señalada en la letra m) de los vistos otorgada a la empresa VTR Comunicaciones SpA, RUT N° 76.114.143-0, con domicilio en Av. Apoquindo N° 4800, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
Déjese sin efecto el decreto exento N° 717, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 2. Autorízase a la concesionaria para modificar el numeral 1 del decreto supremo N° 140, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
2.1. Modificar la expresión "de la Región del Biobío", del encabezado del citado numeral, por la expresión "de las regiones del Biobío, de Los Ríos y de Los Lagos". 2.2. Agregar a la lista de EES de la Zona 52, sesenta y dos (62) RBD, según se indica a continuación:
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*Estas dependencias corresponderán a nodos de terceros, previamente autorizados.
Los montos de subsidio anual asignados para los RBD individualizados en el numeral 2 son los siguientes:
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Los plazos máximos, son los que se indican a continuación:
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El Servicio objeto de la presente concesión deberá prestarse con estricto apego a la normativa de calidad que al efecto contemple la ley N° 18.168, sus modificaciones y demás normas reglamentarias y/o técnicas vigentes, como asimismo aquellas que exigencias de calidad, operación y supervisión del Servicio de Conectividad para los EES que pertenezcan a la Zona 52. 6. La concesionaria en su carácter de Beneficiaria deberá desplegar e instalar todos los elementos comprometidos en el Proyecto Técnico respectivo y necesarios para dar inicio al Servicio de Conectividad, obteniendo la respectiva Alta de Servicio en todos los EES de la Zona adjudicada dentro de los plazos establecidos en el numeral 4 precedente. 7. Las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables de conformidad al Acto Autorizatorio señalado en el literal m) de los V istos. 8. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnicas y legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 9. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. Asimismo, lo establecido en las Bases de Concurso, lo comprometido en la Propuesta y con los términos de la asignación, todos indicados en los literales f), g), i), j), k) y l) y m) de los Vistos. 10. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.