CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE RÍO BUENO-LA UNIÓN
Núm. 974 exento.- Santiago, 4 de diciembre de 2025.
Vistos:
El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley; c) El decreto supremo Nº 126 de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora; d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; e) El decreto supremo Nº 109, de 11.03.1998, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto supremo Nº 96, de 12.03.1999, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) El decreto supremo 98 de 31.07.2023, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que renueva la concesión, a la sociedad Radiocomunicaciones Imágenes del Sur Ltda.; g) La resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
Que, con fecha 09.04.2024, la Subsecretaría remitió a la concesionaria individualizada copia íntegra del decreto exento señalado en la letra t) de los Vistos, a fin de dar cumplimiento a su publicación en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 8º, inciso cuarto, de la ley. El referido decreto fue enviado mediante el sistema de notificación electrónica, no registrándose su descarga por parte de la concesionaria; b) Que, posteriormente, con fecha 27.05.2025, se remitió notificación por vía postal, a través de la empresa Correos de Chile, a Radiocomunicaciones Imágenes del Sur Ltda., en la dirección postal calle 21 de Mayo Nº 356, comuna de La Unión, Región de Los Ríos, informada en el Anexo Nº 4 del sobre de antecedentes legales (S3) del proyecto, entendiéndose practicada dicha notificación el día 03.06.2025; c) Que, conforme a lo señalado, la concesionaria disponía hasta el 17.07.2025, para efectuar la publicación en el Diario Oficial del decreto Nº 98, de 31.07.2023; d) Que, mediante el oficio Nº 12.927 de fecha 22.08.2025, descargado el 27.08.2025, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se solicitó antecedentes al representante legal de Radiocomunicaciones Imágenes del Sur Ltda., respecto de la no publicación del decreto Nº 98, de 31.07.2023, contando para ello con un plazo de 10 días hábiles; e) Que, vencido el plazo y no habiendo respuesta al oficio mencionado en el punto anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º, Nº 4, de la ley, la concesión se extinguirá por la no publicación en el Diario Oficial del decreto que renueva la concesión dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de su notificación, en ejercicio de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,
Decreto:
Certifícase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º de la Ley, la extinción de la concesión de radiodifusión en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQD-241, para la localidad de Río Bueno-La Unión, Región de Los Ríos, otorgada mediante el decreto citado en la letra f) de los Vistos, en favor de Radiocomunicaciones Imágenes del Sur Ltda., RUT Nº 77.109.930-0, por no haber efectuado la publicación del citado decreto dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de su notificación.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
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