MODIFICA LA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CONECT SpA
Santiago, 27 de noviembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 943 exento.
Vistos:
El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley. c) La resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo Nº 193 de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 81.777 de 03.05.2022. b) La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra a) precedente, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella, autorizada a través de la resolución exenta Nº 1.883 de 2022. c) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, cuyo actual titular es la empresa Conect SpA, RUT Nº 96.965.220-K, con domicilio en Av. General Mackenna Nº 1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar dos (2) radioenlaces, según se indica a continuación:
Para las Regiones: Del Libertador General Bernardo O'Higgins y de La Araucanía.
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Los radioenlaces se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. 2. Los plazos máximos se indican a continuación:
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Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 4. La resolución exenta Nº 1.883 de 2022, que autorizó provisoriamente la modificación de concesión, dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial. 5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 6. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.