DECLARA EL RECONOCIMIENTO OFICIAL COMO PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL PRESENTE EN EL PAÍS Y FORMALIZA EL INGRESO AL INVENTARIO DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL EN CHILE, MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO QUE SEÑALA
Núm. 37 exento.- Santiago, 10 de diciembre de 2025.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 10, de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto supremo Nº 11, de 2009, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en las resoluciones exentas Nº 2.588, de 2017, Nº 2.611, de 2017, y Nº 420, de 2018, todas del Consejo Nacional de las Culturas y las Artes, y en la resolución Nº 36, de 2024, y resolución Nº 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, en virtud de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, se estableció, a través de sus disposiciones transitorias, la entrada en funcionamiento de la referida entidad pública a contar del 1 de marzo de 2018. Dicho proceso se materializó mediante la dictación del decreto con fuerza de ley Nº 35, de 2018, que fija plantas de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la normativa antes citada. 2. Que, la ley Nº 21.045, establece la creación del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el cual celebra su primera sesión el 30 de abril de 2019, marcando el inicio efectivo del ejercicio de sus funciones. 3. Que, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, y de conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 21.045, artículo 3º, numeral 26, establece "Declarar el reconocimiento oficial a expresiones y manifestaciones representativas del patrimonio inmaterial del país y a las personas y comunidades que son Tesoros Humanos Vivos y definir las manifestaciones culturales patrimoniales que el Estado de Chile postulará para ser incorporadas a la Lista Representativa de Patrimonio Inmaterial de la Humanidad de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura." 4. Que, a su vez, el artículo 17º, numeral 6, del mismo cuerpo legal, dentro del marco de las atribuciones del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, establece "Aprobar la propuesta que el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural realice al Ministro para las declaratorias de reconocimiento oficial a expresiones y manifestaciones representativas del patrimonio inmaterial del país, y a las personas y comunidades que son Tesoros Humanos Vivos y las manifestaciones culturales patrimoniales que el Estado de Chile postulará para ser incorporadas a la Lista Representativa de Patrimonio Inmaterial de la Humanidad de la Unesco, de que trata el numeral 26 del artículo 3." 5. Que, de la interpretación armónica de las disposiciones citadas, se desprende que las declaratorias de reconocimiento oficial a expresiones y manifestaciones representativas del patrimonio cultural inmaterial constituyen un acto administrativo cuya validez se encuentra sujeta, como requisito legal previo, a la aprobación por parte del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, resultando dicha aprobación indispensable para la posterior dictación del respectivo decreto. 6. Que, como se ha señalado y producto de que el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio sesionó por primera vez con fecha 30 de abril de 2019, la autoridad ministerial de la época, para efectos de la continuidad de la función pública, en relación con el artículo 3 Nº 26 de la ley Nº 21.045 procedió a la dictación de las siguientes resoluciones exentas:
- Resolución exenta Nº 14, del 24.04.2019, que incorpora al Inventario Priorizado del Patrimonio Cultural Inmaterial en Chile, el expediente de postulación: "Alfarería de Quinchamalí y Santa Cruz de Cuca" de la Región de Ñuble, Folio 2016.001. - Resolución exenta Nº 15, del 25.04.2019, que incorpora al Inventario Priorizado del Patrimonio Cultural Inmaterial en Chile, el expediente de postulación: "Baile de Morenos de Paso" en la Región de Arica y Parinacota, Folio 2017.001. - Resolución exenta Nº 16, del 25.04.2019, que incorpora al Inventario Priorizado del Patrimonio Cultural Inmaterial de Chile, el expediente de postulación: "las Pasacalles Devocionales" de la cultura chilota de la Región de Los Lagos, Folio: 2013.009. - Resolución exenta Nº 17, del 25.04.2019, que incorpora al Inventario Priorizado del Patrimonio Cultural Inmaterial de Chile, los expedientes de postulación: "Cestería Yagan" de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, Folio: 2013.006; "Danza Cachimbo" de las comunas de Pica, Huara y Pozo Almonte de la Región de Tarapacá, Folio: 2017.002; "La Tradición de salineros y salineras" en Cáhuil, Barrancas, La Villa, Lo Valdivia y Yoncabén", de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Folio: 2015.002; "Música de la bohemia tradicional de Valparaíso" de la Región de Valparaíso, Folio: 2015.006; "Carpinteros de Ribera de Cutipay" de la Región de Los Lagos, Folio: 2013.004; "Fiesta de Cuasimodo" de la Región Metropolitana, Folio: 2013.005 y "Bailes tradicionales de la Fiesta de San Pedro de Atacama" de la Región de Antofagasta, Folio: 2017.003. - Resolución Nº 18, del 25.04.2019, que incorpora al Inventario Priorizado del Patrimonio Cultural Inmaterial de Chile, el expediente de postulación: "Tejido en Crin de Rari y Panimávida" de la Región del Maule, Folio: 2016.006. - Resolución Nº 19, del 25.04.2019, que incorpora al Inventario Priorizado del Patrimonio Cultural Inmaterial de Chile, el expediente de postulación: "Técnica de la cuelcha o trenzado en fibra de trigo dentro de la tradición artesanal de la zona rural y campesina en el secano del Valle del Río Itata" en la Región de Ñuble, Folio 2016.009.
Que, del análisis de los antecedentes disponibles, se desprende que los expedientes individualizados requieren del cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 Nº 6 de la ley 21.045. 8. Que, respecto de lo anterior, mediante Ord. Nº 847, de fecha 20 de noviembre de 2025, cuya materia fue "Tener a la vista expedientes, en materia de patrimonio cultural inmaterial (PCI) de 12 solicitudes, para convalidación ante el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (CNCAP) para efectos de los artículos 3 Nº 26 y 17 Nº 6 de la ley Nº 21.045". Se informa la existencia de doce expedientes de solicitudes que habrían sido declarados mediante resoluciones exentas con anterioridad a la entrada en funcionamiento del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. 9. Que, con el objeto de resguardar y restablecer el debido proceso administrativo, en sesión ordinaria Nº 49 del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, celebrada en Santiago de Chile con fecha 21 de noviembre de 2025, en ejercicio de la potestad prevista en el artículo 17 numeral 6, de la ley 21.045 se adoptó el acuerdo Nº 65 sobre Declaratoria de Patrimonio Cultural Inmaterial aprobando, de manera unánime, la convalidación de las siguientes 12 solicitudes de manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial:
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Que, en mérito de los antecedentes ya expuestos;
Decreto:
1º.- Declárase el reconocimiento oficial de las siguientes manifestaciones representativas del patrimonio cultural inmaterial presente en Chile:
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2º.- Incorpórense las manifestaciones señaladas en el numeral anterior al Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial en Chile. 3º.- Adóptense por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural las medidas administrativas necesarias para hacer efectivos los acuerdos del Comité Asesor en Patrimonio Cultural Inmaterial. 4º.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial, una vez que se encuentre totalmente tramitado, y por parte del Servicio del Patrimonio Cultural, en el banner de Gobierno Transparente de la página web del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, con la tipología "Otras resoluciones", en la categoría "Actos con efectos sobre terceros" de la sección "Actos y Resoluci�nes", a objeto de dar cumplimiento de lo previsto en el artículo 7 de la ley Nº 20.285, sobre Acceso a Información Pública, y en el numeral 1 del artículo 51 de su Reglamento.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo para su conocimiento.- Jimena Jara Quilodrán, Subsecretaria de las Culturas y las Artes.
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