RECTIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEE INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ANDEAN TELECOM PARTNERS CHILE SpA
Santiago, 11 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 979 exento.
Vistos:
El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo N° 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente provean Infraestructura Física para Telecomunicaciones y sus modificaciones. e) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría, que aprueba formato de solicitud y modificación de concesión de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente provean Infraestructura Física para Telecomunicaciones. f) El decreto supremo Nº 187 de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores. g) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel Nº 120.777 de 28.10.2025. b) Que la solicitud conlleva una rectificación de aquellas que, conforme al inciso quinto del artículo 14°, de la ley, se rigen por las normas establecidas en los artículos 15° y 16°, con excepción del trámite concerniente a la emisión del extracto y su publicación.
Decreto:
Rectifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provee infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es Andean Telecom Partners Chile SpA, RUT Nº 76.178.461-7, con domicilio en Avenida Apoquindo N° 2827, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
Autorízase a la concesionaria para rectificar, las coordenadas geográficas de una (1) Torre, según se indica a continuación:
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D.E. = Decreto Exento. D.S .= Decreto Supremo.
Las demás características técnicas, permanecerán inalterables, de conformidad al acto autorizatorio señalado en el punto 1 del presente documento. 2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 3. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl. 4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.