RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE CABRERO
Santiago, 10 de noviembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 900 exento.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la L ey; c) La ley N° 20.433, de 2010, que crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana y sus modificaciones; d) El decreto supremo N° 122, de 2010, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba el Reglamento de la ley N° 20.433; e) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora y sus modificaciones; f) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; g) Decreto N° 71, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que individualiza las competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los Gobiernos Regionales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo quinto transitorio de la ley N° 21.074 de 2018, del mismo Ministerio, sobre Fortalecimiento de la Regionalización del País; h) El decreto supremo N° 299, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que transfiere temporalmente a los Gobiernos Regionales competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y ejercidas a través de la Subsecretaría relativas al procedimiento de otorgamiento y modificación de concesiones de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana; i) El decreto exento N° 383, de 22.05.2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la Concesión de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana para la comuna de Cabrero, publicado en el Diario Oficial de 03.07.2015; j) La resolución exenta N° 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora; k) La resolución exenta N° 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora y sus modificaciones; l) La resolución exenta N° 941, de 28 de abril de 2023, de la Subsecretaría, que aprueba Instructivo que regula el Detalle del Procedimiento de Coordinación Interna entre la Subsecretaría y los Gobiernos Regionales para el ejercicio de m) las competencias identificadas en el decreto del literal g) de estos V istos; n) La resolución exenta N° 1.277, de 28.06.2024, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2024; y o) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Gobierno Regional del Biobío y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para optar al otorgamiento de concesión de radiodifusión Comunitaria Ciudadana correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2024, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial N° 43.851, de 15.05.2024, rectificado por resolución exenta N° 1.186, de 13.06.2024, publicada en el Diario Oficial N° 43.879, de 18.06.2024; b) Lo solicitado por la interesada, mediante in greso GORE-Subtel N° 97.374, de 01.08.2024, complementado por el desvirtúa reparos ingreso Subtel N° 111.999, de 06.10.2025; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante m emorándum N° 180, de 06.02.2025; d) La Resolución exenta N° 1.094, de 05.06.2025, del Gobierno Región del Biobío, que asignó la concesión de radiodifusión Comunitaria Ciudadana, para la comuna de Cabrero, Región del Biobío, a Grupo Juvenil Cultural de Comunicación Frecuencia Equix; y e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones;
Decreto:
1.- Renuévese por un periodo de 10 (diez) años, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, una concesión de radiodifusión Comunitaria Ciudadana, para la comuna de Cabrero, Región del Biobío, otorgada mediante decreto exento de la letra i) de los vistos a Grupo Juvenil Cultural de Comunicación Frecuencia Equix, RUT N° 65.248.520-0, con domicilio en Diego Portales N° 445, Monte Águila, comuna de Cabrero, Región del Biobío, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébense las especificaciones técnicas del proyecto técnico que sustentó la concesión original, ratificadas por la concesionaria en su presentación del concurso. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltese a la concesionaria para continuar operando y explotando la estación de radiodifusión Comunitaria Ciudadana, señal distintiva XQK-081, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Comunitaria - Zona de servicio : Comuna de Cabrero, Región - Período de la concesión : 10 años. - Potencia máxima radiada : 25 W. - Frecuencia : 107,5 MHz. - Dado que la asignataria es la actual concesionaria, no se especifican los plazos de inicio y término de construcción de las obras e inicio de servicio.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 180KF8EHF. - Desviación máxima : ±75 kHz. - Diagrama de Radiación : Direccional. - Ganancia antena : 1,49 dBd de ganancia máxima. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Dipolo vertical. - N° Antenas : 1. - Altura del centro de radiación : 11 m. - Pérdidas en cables, conectores y otros : 2,18 dB. - Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
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Sin perjuicio de la potencia máxima radiada de 25 W autorizada a esta concesión, en cuanto elemento de su esencia, y a fin de cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4° de la ley 20.433, la concesionaria deberá operar con una potencia máxima en el transmisor de 25 W, atendidas la actual ubicación de su planta transmisora y demás instalaciones y el conjunto de las restantes características técnicas del sistema radiante autorizadas en el presente decreto.
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del Estudio, de la Planta Transmisora y Sistema Radiante - Coordenadas Geográficas : 37º 05' 17" Latitud Sur.
4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl. La no publicación de este dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 5.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 13° y 14° de la ley N° 20.433, la concesionaria podrá difundir menciones comerciales, para lo cual deberá estar inscrita en el registro especial creado al efecto por la Subsecretaría, en cuyo caso se encontrará afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico. 6.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.