MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MI INTERNET SpA
Santiago, 18 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 1.017 exento.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante "la Ley". c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República". d) El decreto supremo N° 353, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, y sus modificaciones. e) La Resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. f) La resolución afecta N° 16, de fecha 12.02.2013, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Generales para Concursos Públicos para la Asignación de Proyectos y sus respectivos Subsidios, correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones. g) La resolución afecta N° 2, de fecha 20.04.2020, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Específicas para el Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, modificada mediante resolución afecta N° 4, de fecha 08.07.2020, de la misma Subsecretaría. h) La resolución exenta N° 1.003, modificada por la resolución exenta N° 1.201, ambas de 2020 y de la Subsecretaría, que aprueba el Informe de Respuestas a las Consultas y Aclaraciones formuladas a las Bases Generales y Especificas del Concurso Público de los literales f) y g) de los Vistos, respectivamente. i) Los ingr esos Subtel N° 187.141, N° 187.296, N° 187.299 y N° 187.301, todos de fecha 05.08.2020, por los cuales Mi Internet Sp A. presenta su Propuesta al Concurso Público del literal g) de los Vistos, para la Zona 35. j) Los in gresos Subtel N° 250.122 y N° 250.125, ambos de fecha 05.10.2020, por los cuales Mi Internet Sp A. da respuesta a los primeros requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal j) de los Vistos. k) El ingreso Subtel N° 280.579 de fecha 06.11.2020, por el cual Mi Internet SpA., da respuesta a los segundos requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal j) y los ingresos Subtel del literal k), ambos de los Vistos, correspondientes al "Set B". l) El oficio ord. N° 19.586/GFDT N° 453 de fecha 18.12.2020, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a Mi Internet SpA. la adjudicación de su propuesta de los literales j), k) y l) de los Vistos, para la Zona 35 del Concurso Público del literal g) de los Vistos. m) El Acta de fecha 10.12.2020, correspondiente a la LXIII Sesión del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, que resolvió adjudicar el Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, y su respectivo Subsidio, para la Zona 35, a Mi Internet SpA. n) La resolución exenta N° 457, de fecha 04.03.2021, de la Subsecretaría, que asigna el Proyecto "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, para la Zona 35, a Mi Internet SpA. o) El oficio ord. N° 6.047/GFDT N°137 de fecha 26.04.2021, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a Mi Internet SpA. la aprobación del Plan de Despliegue Ajustado y el Informe de Detalle de Asignaciones Internas, para la Zona 35. p) El decreto supremo N° 30 de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión, y su modificación mediante los decretos exentos N° 568, de 2021; N° 295, de 2022 y N° 319, de 2025, todos del Ministerio de Trasportes y Telecomunicaciones. q) El decreto exento N° 915, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 86.764 de fecha 31.07.2025. b) El oficio ord. N° 21 de fecha 10.06.2025, por el cual Mineduc informa a Subtel la baja en el Servicio de Conectividad comprometido de un (1) EES, de código RBD N° 31429, perteneciente a la Zona 35. c) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14° de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requieren de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modificase la concesión de Servicio Público de Transmisión de datos, señalada en la letra p) de los vistos otorgada a la empresa Mi Internet SpA, RUT N° 76.496.622-8, con domicilio en Calle Huérfanos N° 1555, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
Déjese sin efecto el decreto exento N° 915 de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 2. Autorízase a la concesionaria para modificar el numeral 1 del decreto exento N° 319 de 2025 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el sentido de eliminar de la lista de EES de la Zona 35, un (1) RBD, según se indica a continuación:
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Autorízase a la concesionaria para modificar las direcciones y coordenadas de los siguientes dos (2) nodos, autorizados en el numeral 3 del decreto exento N° 319 de 2025 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
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Autorízase a la concesionaria para modificar las características de los tramos de fibra óptica siguientes, autorizados en el numeral 5 del decreto exento N° 319 de 2025 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
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Los plazos máximos, son los que se indican a continuación:
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El Servicio objeto de la presente concesión deberá prestarse con estricto apego a la normativa de calidad que al efecto contemple la Ley N°18.168, sus modificaciones y demás normas reglamentarias y/o técnicas vigentes, como asimismo aquellas que exigencias de calidad, operación y supervisión del Servicio de Conectividad para los EES que pertenezcan a la Zona 35 descritas en la resolución exenta N° 457 de 2021, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 7. Las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables de conformidad al Acto Autorizatorio señalado en el literal p) de los Vistos. 8. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnicas y legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 9. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. Asimismo, lo establecido en las Bases de Concurso, lo comprometido en la Propuesta y con los términos de la asignación, todos indicados en los literales f), g), i), j), k) y l), m), n) y p) de los Vistos y el literal a) del Considerando, respectivamente. 10. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República.- Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.