EXPROPIA TERRENO QUE INDICA

Rango Decreto
Publicación 2026-01-02
Estado Vigente
Departamento MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO
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San Fernando, 27 de noviembre de 2025.- La Alcaldía de San Fernando decreta hoy lo siguiente: Núm. 2.811.

Visto:

1.- Lo dispuesto en los artículos 19 Nº 24 inciso 3 de la Constitución Política de la República, artículos 51 letra a), 59 y 83 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, artículo 4 y siguientes del decreto ley 2.186, de 1978, Ministerio de Justicia, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones, y lo dispuesto en el artículo 6° del decreto ley 2.186 que Aprueba Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones, y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 33 inciso segundo, 56, 63 y 65 letra g), todos de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. 2.- El decreto alcaldicio N° 1.094, de fecha 7 de mayo de 2025, en que consta el acuerdo del Concejo Municipal N° 104/ 2025, adoptado en la Décimo Tercera Sesión Ordinaria de fecha 6 de mayo de 2025 que aprueba la expropiación de terreno de propiedad de "Sucesión Fredes" de parte del predio enrolado con el N° 409-36, San Fernando. 3.- Minuta Servidumbre de Paso-Expropiación Proyecto de Construcción Casetas Sanitarias Puente Negro, emitido por don Cristian Osorio Osorio, ATO C.C.S. Puente Negro, con fecha 9 de abril de 2025. 4.- Decreto alcaldicio N° 1.868, de fecha 4 de agosto de 2025, que designa la Comisión de Peritos Tasadores: Compuesta por Miguel Juan Fernádez Cádiz, CI N° 10.024.020-3, Constructor Civil; Patricia Angélica Morales Rivera, CI N° 10.389.207-4, Constructor Civil; y Omar Ignacio Gómez Figueroa, CI Nº 16.006.828-0, Ingeniero Agrónomo. 5.- Decreto N° 291 exento, de fecha 25 de octubre de 1999, del Ministerio de Hacienda, que amplía listado de Peritos, nombrando a Miguel Juan Fernández Cádiz y Patricia Angélica Morales Rivera en su calidad de constructores civiles en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. 6.- Decreto N° 703 exento, de fecha 2 de agosto de 2012, del Ministerio de Hacienda, que amplía listado de Peritos, nombrando a Omar Ignacio Gómez Figueroa, en su calidad de ingeniero agrónomo en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. 7.- La aceptación del cargo en tiempo y forma de cada uno de los peritos precedentemente individualizados, realizada con fecha 12 de septiembre de 2025. 8.- Informe de la Comisión de Peritos, de fecha 3 de octubre de 2025. 9.- El decreto alcaldicio Nº 2.578, de fecha 28 de octubre de 2025, que aprueba los acuerdos adoptados por el Concejo Municipal en la Décimo Primera sesión extraordinaria realizada con fecha 28 de octubre de 2025, en especial el acuerdo Nº 194/2025 que autoriza la modificación presupuestaria Nº 11, de acuerdo a detalle en certificado adjunto. 10. El decreto alcaldicio Nº 2.721, de fecha 18 de noviembre de 2025, que modifica el decreto alcaldicio N° 1.868, de fecha 4 de agosto de 2025, que modifica y establece la cuenta contable a la que se imputarán los honorarios de los peritos. 11.- La sentencia de Calificación y Formación de Escrutinio de la Elección de Alcalde de la Comuna de San Fernando, de fecha 18 de noviembre de 2024, y el Acta de Proclamación de Alcalde Electo de la comuna de San Fernando, Rol Nº 5.299-2024, de fecha 26 de noviembre de 2024, del Tribunal Electoral Regional de la Sexta Región, en la cual se indica que se proclama como Alcalde de la Comuna de San Fernando, a don Pablo Silva Pérez; y decreto alcaldicio Nº 4.843, de fecha 6 de diciembre de 2024. 12.- Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, de 1988, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones.

Considerando:

1.- La necesidad de expropiar una faja de 288.44 m2 del inmueble de propiedad privada, con el objeto de materializar una vía de acceso para la ejecución del Proyecto "Construcción Casetas Sanitarias Puente Negro". 2.- Que el artículo 33 de la ley Nº 18.695 dispone que, para los efectos de dar cumplimiento a la necesidad señalada, las Municipalidades están facultadas para adquirir bienes raíces por expropiación, los que se declaran de utilidad pública. 3.- Que, la Minuta Servidumbre de Paso-Expropiación Proyecto de Construcción Casetas Sanitarias Puente Negro, emitido por don Cristian Osorio Osorio, ATO C.C.S. Puente Negro, con fecha 9 de abril de 2025, señala que existe la necesidad de contar con la tramitación y constitución de servidumbre de paso para la ejecución del proyecto Código BIP N° 30074252-0 "Construcción Casetas Sanitarias Puente Negro" y que las obras de alcantarillado vienen a dar una solución sanitaria a los vecinos de la localidad de Puente Negro. Estas obras tienen como finalidad recolectar estas aguas servidas y trasladarlas mediante gravedad por casi la totalidad de este sector a diferencia en sectores como las Villas y Ribera del río donde se construirán plantas elevadoras para la impulsión de estas aguas servidas, esto se debe a que por condiciones de los terrenos y diferencia de alturas se requiere de estas obras. En el sector de las servidumbres de paso se emplazan redes colectoras, por lo que la descarga de aguas servidas será gravitacional. Debido a lo expuesto es de suma importancia contar con la constitución de todas las servidumbres para dar una disposición final a todos los sectores que aportan aguas servidas a la red que está proyectada. La constitución de estas servidumbres da solución definitiva al traslado de las aguas servidas desde las calles Carrera, calle Estadio y sector de las villas a la planta de tratamiento de aguas servidas que se construirá por Essbio para su disposición final. 4.- Que para estos efectos se encuentra en tal condición, un inmueble ubicado en la comuna de San Fernando, denominado Parte del predio de una superficie de 288,44 metros cuadrados, cuyos deslindes particulares son: Norte: con doña María Mañan de Fredes y hermanos Fredes Mañan en 27 metros cincuenta centímetros; Sur: En igual distancia con Río Claro y camino vecinal; Oriente: Con don Alfredo Díaz en 150 metros en el Llano y en 210 metros en el Bajo Vargas; y Poniente: Con don José Courtin en 150 metros en el Llano y con don Antonio Maldonado en 210 metros en el Bajo de Vargas, cuyo título de dominio se encuentra inscrito a fojas 2877, número 2831 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, enrolado con el número 409-36.

Decreto:

1.- Exprópiase, para efectos de ejecutar el proyecto "Construcción Casetas Sanitarias Puente Negro" comprendida en la porción de terreno de una superficie de 288,44 metros cuadrados, cuyos deslindes particulares son: Norte: con doña María Mañan de Fredes y hermanos Fredes Mañan en 27 metros cincuenta centímetros; Sur: En igual distancia con Río Claro y camino vecinal; Oriente: con don Alfredo Díaz en 150 metros en el Llano y en 210 metros en el Bajo Vargas; y Poniente: con don José Courtin en 150 metros en el Llano y con don Antonio Maldonado en 210 metros en el Bajo de Vargas, cuyo título de dominio se encuentra inscrito a fojas 2877, número 2831 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, enrolado con el número 409-36. 2.- Los propietarios, Rol de Avalúo Fiscal y superficie del área afectada a utilidad pública por la municipalidad del lote a expropiación señalado en el número precedente es:

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3.- Fíjese provisoriamente, el monto fijado por la Comisión de Peritos por concepto de indemnización provisional, ascendente a la cantidad de $6.140.980, seis millones ciento cuarenta mil novecientos ochenta pesos al contado, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 5 y 17 del DL Nº 2.186 de 1978. 4.- La Comisión de Peritos, nombrada por decreto alcaldicio Nº 1.868, de fecha 4 de agosto de 2025, compuesta por Miguel Juan Fernández Cádiz; Patricia Angélica Morales Rivera y Omar Ignacio Gómez Figueroa, mediante Informe de Tasación de fecha 03.10.2025, fijó el monto de la indemnización provisional de $6.140.980 por la superficie a expropiar. Dicha cantidad estará afecta al reajuste que determina el artículo 5° del decreto ley N° 2.186 de 1978, debiendo considerar para su consignación judicial, lo dispuesto en el artículo 17° del cuerpo legal. 5.- Páguese el monto fijado por la Comisión de Peritos por concepto de indemnización provisional, ascendente a la cantidad de $6.140.980 al contado sin perjuicio de lo establecido en los artículos 5 y 17 del DL Nº 2.186 de 1978. 6.- Publíquese, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del decreto ley Nº 2.186 de 1978, por una vez el presente decreto, extractado en el Diario Oficial, dentro de los noventa días hábiles siguientes a esta fecha. Asimismo, publíquese por una sola vez en un diario o periódico de la provincia en el que está ubicado el terreno expropiado, y según sea el caso, en un diario o periódico de la capital de la Región o Regiones correspondientes, de acuerdo al artículo señalado. Asimismo, envíese copia del referido extracto a Carabineros de Chile, a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 7°, entregándolo a el o los ocupantes o detentores del bien expropiado. 7.- Impútese el gasto que demande el presente decreto alcaldicio a la cuenta contable N° 215-22-08-999-000-000, denominada "Otros" (AG:1, CC37) del Presupuesto Municipal vigente año 2025.

Anótese, comuníquese, transcríbase y hecho, archívese.- Pablo Silva Pérez, Alcalde.- Secretario Municipal.

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