MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO CHILE SpA
Santiago, 11 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 981 exento.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo N° 179, de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores. e) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 127.142, de 03.10.2024, complementado por ingreso Subtel N° 12.309, de 03.02.2025, en lo relativo a los radioenlaces que se indican en la parte resolutiva de este decreto, quedando lo restante a lo que se resuelva en acto administrativo posterior. b) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 128.831 de 07.10.2024. c) Las solicitudes de autorización provisoria de las modificaciones de la concesión indicadas en las letras a) y b) precedente, Ingreso Subtel N° 40.383 de 07.04.2025 y N° 65.005 de 04.06.2025, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella. Autorizadas a través de la resolución exenta N° 1.570, de 2025, de la Subsecretaría. d) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión. e) Lo dispuesto en el artículo 33° de la ley N° 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, cuyo actual titular es la empresa Claro Chile SpA, RUT N° 96.799.250-K, con domicilio en Avenida El Salto N° 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
Para el Ingreso Subtel N° 127.142/2024: Autorízase a la concesionaria a instalar, operar y explotar tres (3) radioenlaces en las Regiones del Maule y del Biobío, según se indica a continuación:
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V/H: Polarización Cruzada.
1.1 La infraestructura soporte de los sistemas radiantes, se indica a continuación:
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D.E: Decreto Exento; D.S: Decreto Supremo.
Para el ingreso N° 128.831/2024: Autorízase a la concesionaria a instalar, operar y explotar tres (3) radioenlaces en la Región Metropolitana de Santiago, según se indica a continuación:
[imagen omitida]
V/H: Polarización Cruzada
2.1 La infraestructura soporte de los sistemas radiantes, se indica a continuación:
[imagen omitida]
D.E: Decreto Exento; D.S: Decreto Supremo.
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MUR: Muro.
Los radioenlaces se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. 4. Los plazos máximos se indican a continuación:
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La presente autorización está afecta al pago de derechos por utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de este decreto exento. 6. Apruébanse los proyectos técnicos base de las solicitudes presentadas por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 7. La resolución exenta N° 1.570, de 2025, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión, dictada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial. 8. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 9. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.