MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA “PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA GRUPO 1” Y APRUEBA EL CONVENIO AD - REFERÉNDUM N° 5
MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "PROGRAMA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA PENITENCIARIA GRUPO 1" Y APRUEBA EL CONVENIO AD - REFERÉNDUM N° 5
Núm. 121.- Santiago, 18 de noviembre de 2025.
Vistos:
- El DFL MOP N° 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL N° 206, de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones. - El decreto supremo MOP N° 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19º. - El decreto supremo MOP N° 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial el artículo 69º. - El decreto supremo MOP N° 618, de fecha 28 de marzo de 2002, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Infraestructura Penitenciaria Grupo 1". - La ley N° 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas. - El DFL MOP N° 7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas. - El decreto supremo MOP N° 132, de fecha 6 de marzo de 2009. - El decreto supremo MOP N° 271, de fecha 13 de septiembre de 2013. - El decreto supremo MOP N° 121, de fecha 6 de noviembre de 2017. - El oficio Ord. IFE. N° 010/2025, de fecha 3 de enero de 2025, del Inspector Fiscal. - El oficio Ord. N° 1687, de fecha 20 de marzo de 2025, del Subsecretario de Justicia. - El oficio Ord. IFE. N° 281/2025, de fecha 14 de mayo de 2025, del Inspector Fiscal. - La Carta BAS-28429-G1-IFE-10021, de fecha 12 de junio de 2025, de la Sociedad Concesionaria. - El oficio Ord. IFE. N° 413/2025, de fecha 9 de julio de 2025, del Inspector Fiscal. - La Carta BAS-28595-G1-IFE-10116, de fecha 14 de julio de 2025, de la Sociedad Concesionaria. - El oficio Ord. (E) N° 859, de fecha 1 de agosto de 2025, del Director General de Concesiones de Obras Públicas (S). - El oficio Ord. N° 5131, de fecha 20 de agosto de 2025, del Subsecretario de Justicia. - El oficio Ord. N° 5797, de fecha 17 de septiembre de 2025, del Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. - El memorándum N° 153, de fecha 24 de septiembre de 2025, de la Jefa de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos (S) de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas. - El oficio Ord. SES N° 1901/2025, de fecha 27 de octubre de 2025, de la Jefa del Departamento de Inversiones de la Subsecretaría de Evaluación Social. - El oficio Ord. IFE. N° 671/2025, de fecha 3 de noviembre de 2025, del Inspector Fiscal. - El oficio Ord. IFE. N° 673/2025, de fecha 3 de noviembre de 2025, del Inspector Fiscal. - El oficio Ord. N° 6934, de fecha 4 de noviembre de 2025, del Jefe de la División de Presupuesto, Planificación e Infraestructura del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. - La Carta BAS-29165-G1-IFE-10447, de fecha 4 de noviembre de 2025, de la Sociedad Concesionaria. - El oficio Ord. IFE. N° 682/2025, de fecha 4 de noviembre de 2025, del Inspector Fiscal. - El oficio Ord. (E) N° 0141, de fecha 5 de noviembre de 2025, de la Jefa de la División de Operaciones (S) de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas. - La ley N° 21.722, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025, en particular su artículo 18. - La resolución N° 36 de 2024, modificada y complementada por la resolución N° 8 de 2025, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de la toma de razón.
Considerando:
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