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AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO EN TÉRMINOS QUE INDICA

Texto vigente a fecha 2026-01-05

Núm. 792 exento.- Santiago, 9 de abril de 2025.

Visto:

El oficio N° 1649, de 25.10.2024, de la Gobernación Regional de Los Ríos; lo dispuesto en el artículo 1° y 3° del decreto ley N° 799, de 1974 y sus modificaciones; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Los desplazamientos que debe efectuar el vehículo que luego se individualiza, tanto en el traslado de funcionarios como integrando la comitiva del Gobernador Regional en sus actividades en terreno.

Decreto:

Artículo único

Artículo único: Autorízase la circulación en horario inhábil y en días sábados en la tarde, domingos y festivos, exento del uso de disco fiscal, al vehículo que se individualiza a continuación:

Vehículo : Station Wagon Marca : Toyota Modelo : New Rav 2.0 Año : 2018 Motor : 3ZR8351054 Chassis : JTMBD8EV0JJ031843 Color : Gris Oscuro Metálico I.R.N.V.M. : KFHC.18-6 Placa Única : KFHC-18.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Álvaro Elizalde Soto, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Víctor Ramos Muñoz, Subsecretario del Interior.