MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA CLARO COMUNICACIONES SpA

Rango Decreto
Publicación 2026-01-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
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Santiago, 16 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 1.004 exento.

Vistos:

a)

El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. d) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N° 1 de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus posteriores modificaciones.

Considerando:

a)

Lo solicitado por la concesionaria, mediante Ingreso Subtel N° 129.050 de 18.11.2025, en orden a modificar los plazos de término de obras e inicio de servicios para la ampliación de la zona de servicio en la comuna de Arica, autorizada por decreto exento N° 709 de 2023, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de 23 y 24 meses, respectivamente, contados desde la publicación del último decreto, vigente a la fecha de la presente solicitud. b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

Decreto:

Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico a la empresa Claro Comunicaciones SpA, RUT N° 94.675.000-K, con domicilio en Av. El Salto N° 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

1.

Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos de Término de Obras e Inicio de Servicio para la ampliación de la zona de servicio en la comuna de Arica, según se indica a continuación:

[imagen omitida]

DE: Decreto Exento.

Las demás características y elementos de la concesión, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto exento señalado precedentemente. 2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 4. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.