APRUEBA PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO (PIIMEP)

Rango Decreto
Publicación 2026-01-08
Estado Vigente
Departamento MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
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Núm. 3.807 Secc. 1ª.- Las Condes, 29 de octubre de 2025.

Vistos:

1.

Lo dispuesto en el artículo 176 del DFL Nº 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial con fecha 13 de abril de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, que señala, en lo pertinente, que: "Cada municipio elaborará un plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público, que contendrá una cartera de proyectos, obras y medidas incluidas en los instrumentos de planificación territorial existentes o asociadas a éstos, debidamente priorizadas, para mejorar sus condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad, así como la calidad de sus espacios públicos y la cohesión social y sustentabilidad urbanas".; 2. El artículo cuarto transitorio de la Ley Nº 20.958 que Establece un Sistema de Aportes al Espacio Público que dispone: "Los primeros planes comunales e intercomunales de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público que se elaboren en cada comuna o territorio intercomunal o metropolitano deberán, antes de iniciarse su proceso de aprobación, ser sometidos por la autoridad que los elabore a una consulta pública durante treinta días", y el artículo segundo transitorio del decreto supremo Nº 14, de 2017, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que dispone en igual sentido que: "Los primeros planes comunales de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público que se elaboren en cada comuna, deberán ser sometidos por la municipalidad a una consulta pública durante treinta días, antes de iniciarse su proceso de aprobación".; 3. La reglamentación respecto del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP) establecida en el artículo 2.8.1. y siguientes del decreto supremo Nº 47, de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; 4. El Plan Regulador Comunal de Las Condes, contenido en la resolución Nº 8/95, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, publicada en el Diario Oficial con fecha 13 de junio de 1995, y sus modificaciones posteriores; 5. Lo dispuesto en el artículo 21, inciso tercero, literal b), del DFL Nº 1, del Ministerio del Interior, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en adelante ley Nº 18.695, que señala como función del asesor urbanista: "Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar el plan de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público y los planos de detalle y planes seccionales, en su caso"; 6. Los artículos nonagésimo segundo, numeral 5 y nonagésimo tercero, numeral 4, ambos, del decreto sección 1ª Nº 1.947, de fecha 9 de junio de 2025, de la Municipalidad de Las Condes, que fija nuevo Reglamento de Organización Interna de la Municipalidad de Las Condes, relativos a las funciones de la Dirección de Asesoría Urbana y Departamento Plan Regulador, en relación con el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público; 7. La versión preliminar de Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, incorporada al Plan de Desarrollo Comunal 2022 - 2025, aprobado por el Concejo Municipal de Las Condes mediante acuerdo Nº 279/2021 en la sesión ordinaria Nº 1092, de fecha 9 de diciembre de 2021, ratificado a través del decreto alcaldicio sección 1ª Nº 2.259, de fecha 7 de junio de 2024, de la Municipalidad de Las Condes; 8. El acta de la sesión ordinaria Nº 9, de fecha 11 de octubre de 2022 del Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de la comuna de Las Condes; 9. El acta de la sesión extraordinaria del Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de la comuna de Las Condes de fecha 23 de julio de 2024; 10. El acta Nº 11 de la Comisión Ciudad y Urbanismo del Concejo Municipal de fecha 10 de octubre de 2024; 11. El acta de la sesión ordinaria Nº 1, de fecha 9 de enero de 2025 del Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de la comuna de Las Condes; 12. El correo electrónico del Director de la Dirección de Asesoría Urbana de fecha 10 de marzo de 2025 a la señora Alcaldesa de la comuna de Las Condes, que remite enlace a documentos del PIIMEP; 13. El acta Nº 8 de la Comisión Ciudad, Urbanismo y Transporte del Concejo Municipal de fecha 2 de mayo de 2025; 14. El decreto alcaldicio sección 1ª Nº 1.861, de fecha 30 de mayo de 2025, que convoca a Consulta Pública previa al proceso de aprobación del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), para el período comprendido entre 2 de junio y 2 de julio del presente; 15. El Inf. DAU Nº 93, de fecha 1 de agosto de 2025 de la Dirección de Asesoría Urbana; 16. La aprobación del Concejo Municipal del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), en la sesión ordinaria Nº 1227, de fecha 11 de septiembre de 2025, mediante acuerdo Nº 229/2025; 17. El certificado del Secretario Municipal de Las Condes de fecha 1 de octubre de 2025, que certifica la sesión especial de la Comisión de Urbanismo del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (Cosoc) de fecha 23 de enero de 2025; 18. El certificado del Secretario Municipal de Las Condes de fecha 13 de octubre de 2025, que certifica el proceso de participación ciudadana llevado a efecto; 19. Lo dispuesto en los artículos 2º, 12, 56 y 65 letra b) de ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y 20. El decreto alcaldicio sección 1ª Nº 4.576, de fecha 6 de diciembre de 2024, de la Municipalidad de Las Condes, que establece en el cargo de Alcaldesa a doña Catalina San Martín Cavada.

Considerando:

1.

Que, en el periodo comprendido entre agosto de 2020 y julio de 2021 la Dirección de Asesoría Urbana, con fundamento en el Plan Regulador Comunal de Las Condes, aprobado por resolución Nº 8/95, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago y sus modificaciones posteriores, elaboró el análisis, diagnóstico y proposición de éste con la colaboración de las demás Unidades Municipales, respecto del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público; 2. Que, en el mes de octubre de 2021 la versión preliminar de Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público se entregó a la Administración Municipal y a las demás Unidades Municipales, para su revisión y comentario incorporándose en el Plan de Desarrollo Comunal 2022 - 2025, siendo este último aprobado por el Concejo Municipal mediante acuerdo Nº 279/2021 en la sesión ordinaria Nº 1092, de fecha 9 de diciembre de 2021, ratificado a través del decreto alcaldicio sección 1ª Nº 2.259, de fecha 7 de junio de 2024, de la Municipalidad de Las Condes; 3. Que, la propuesta de Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público fue presentada al Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de la comuna de Las Condes, en su sesión ordinaria Nº 9, de fecha 11 de octubre de 2022, para su información y comentarios; 4. Que, con fecha 23 de julio de 2024, en la Sesión Extraordinaria del Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de la comuna de Las Condes, se expuso el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, con el propósito de informar el estatus y el proceso de actualización; 5. Que, con fecha 10 de octubre de 2024 se expuso la actualización del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público en la sesión de la Comisión Ciudad y Urbanismo del Concejo Municipal, para su conocimiento y comentarios; 6. Que, con motivo de la asunción de la Alcaldesa con fecha 6 de diciembre de 2024 y de la renovación de un porcentaje importante del Concejo Municipal, la Administración tomó la decisión de someter nuevamente a revisión y actualización el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, invitándose a participar del proceso a las diferentes Unidades Municipales, para lo cual se llevó a efecto una reunión el día 8 de enero de 2025, con la participación de varias Direcciones Municipales; 7. Que, en virtud del nuevo proceso se expuso al Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil de la comuna de Las Condes en la sesión ordinaria Nº 1, de fecha 9 de enero de 2025, acordándose una reunión especial con la Comisión de Urbanismo de ese estamento, la que se llevó a efecto el 23 de enero de 2025; 8. Que, con fecha 10 de marzo de 2025 se hizo entrega, a la señora Alcaldesa, Administradora Municipal y Secretaría Comunal de Planificación, de la nueva versión del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, para su revisión y distribución al Concejo Municipal; 9. Que, con fecha 2 de mayo de 2025 se expuso a los señores Concejales de la comuna de Las Condes, la versión actualizada del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, para su conocimiento y comentarios; 10. Que, con fecha 30 de mayo de 2025 se convocó a los habitantes de la comuna de Las Condes a participar de la Consulta Pública referida al Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), durante 30 días, desde el 2 de junio al 2 de julio de 2025, según consta del decreto alcaldicio sección 1ª Nº 1.861, de 30 de mayo de 2025 de la Municipalidad de Las Condes; 11. Que, con fecha 13 de octubre de 2025, el Secretario Municipal, certifica que se llevó a efecto el proceso de participación ciudadana convocada a través del decreto alcaldicio sección 1ª Nº 1.861, de 20 de mayo de 2025 de la Municipalidad de Las Condes; 12. Que, con fecha 1 de agosto de 2025, el Director de la Dirección de Asesoría Urbana, mediante Inf. DAU Nº 93, dirigido a la señora Alcaldesa y Cuerpo de Concejales de la Comuna de Las Condes, informa los resultados del proceso de participación ciudadana, con acuerdo al numeral 7. del decreto alcaldicio sección 1ª Nº 1.861, de 30 de mayo de 2025; 13. Que, con fecha 4 de septiembre de 2025 se presentaron los resultados de la Consulta Pública a los miembros del Concejo Municipal de Las Condes, en la Comisión de Ciudad, Urbanismo y Transporte, informándose de todo el proceso de participación y los resultados priorizados de los proyectos, obras y/o acciones, que consideró tanto la valoración técnica como ciudadana; 14. Que, mediante acuerdo Nº 229/2025, adoptado en sesión ordinaria Nº 1227 de fecha 11 de septiembre de 2025, el Concejo Municipal de Las Condes aprobó el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), que comprende: Volumen I - Diagnóstico; Volumen II - Imagen Objetivo; Volumen III - Resumen Ejecutivo; Listado o Rol Priorizado de Proyectos, Obras y/o Acciones, y Plano, que localiza los proyectos, obras y/ acciones, aprobándose por la unanimidad del Concejo Municipal, y 15. Que, en consecuencia, corresponde ratificar la aprobación del Concejo Municipal del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público.

Decreto:

1.

Promúlguese el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de la comuna de Las Condes, constituido por Volumen I - Diagnóstico; Volumen II - Imagen Objetivo; Volumen III - Resumen Ejecutivo; Listado o Rol Priorizado de Proyectos, Obras y/o Acciones, y Plano, que localiza los proyectos, obras y/ acciones. 2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la República de Chile. 3. Remítase copia de este decreto, copia de la publicación en el Diario Oficial, Resumen Ejecutivo, Listado o Rol Priorizado de Proyectos, Obras y/o Acciones y Plano que localiza estos, al Gobierno Regional Región Metropolitana de Santiago. 4. Archívese el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Las Condes, cuyo texto deberá estar disponible para quien lo solicite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98, letra a) de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Asimismo, remítase copia de éste a las siguientes Unidades Municipales: Dirección de Asesoría Urbana, Secretaría Comunal de Planificación y Coordinación, Dirección de Tránsito y Transporte Público, Dirección de Obras Municipales, Dirección de Infraestructura y Servicios Públicos, Dirección de Parques y Jardines, Dirección de Medio Ambiente y Aseo y Dirección de Operaciones y Emergencia. 5. Póngase a disposición de toda la comunidad en el sitio electrónico institucional el Plan Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP) con todos sus documentos, en la plataforma de Transparencia Activa en el apartado de Transparencia Proactiva.

PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO

LISTADO O ROL PRIORIZADO DE PROYECTOS, OBRAS Y/O ACCIONES

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Anótese, regístrese, comuníquese y archívese.- Catalina San Martín Cavada, Alcaldesa.- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.

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