MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA CLARO CHILE SpA
Santiago, 9 de enero de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 7 exento.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República". d) El decreto supremo N° 214, de 2024, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores. e) La resolución exenta N° 547, de 2020, de la Subsecretaría, que aprueba norma técnica para el uso de las bandas de frecuencias 3,30 - 3,40 GHz y 3,60 - 3,65 GHz. f) La resolución exenta N° 2.175, del 13 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, y sus posteriores modificaciones, que aprueba bases del concurso público para otorgar concesiones de servicio público de telecomunicaciones que operen redes inalámbricas de alta velocidad (5G o superior) en 50 MHz dentro de la banda de frecuencias de 3,40 - 3,60 GHz. g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada mediante ingresos Subtel N° 105.403 de 17.09.2025 y N° 111.342 de 03.10.2025, complementados mediante ingresos Subtel N° 126.636 de 12.11.2025, N° 130.280 de 21.11.2025 y N° 133.223 de 28.11.2025. b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión de aquellos que, conforme al inciso quinto del artículo 14° de la ley, se rigen por las normas establecidas en los artículos 15° y 16°, con excepción del trámite concerniente a la emisión del extracto y su publicación. c) Lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos. d) Que la solicitud no altera la Zona de Servicio comprometida en el decreto supremo del literal d) de los Vistos y mantiene la excelencia del concurso.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, otorgada mediante decreto supremo del literal d) de los Vistos, a la empresa Claro Chile SpA, RUT N° 96.799.250-K, con domicilio en Av. El Salto N° 5450, Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
Según ingreso Subtel N°105.403/2025: Autorízase a la concesionaria para trasladar una (1) Estación Base autorizada mediante decreto supremo del literal d) de los Vistos, como se indica a continuación:
Para la Región: De Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
[imagen omitida]
[imagen omitida]
DE: Decreto Exento.
1.1. Lo que se autoriza en el presente acto tiene en cuenta las modificaciones técnicas realizadas a una (1) Estación Base, autorizada mediante decreto supremo del literal d) de los Vistos, según se indica a continuación:
[imagen omitida]
Los plazos para la presente solicitud de modificación corresponderán a los plazos comprometidos en el decreto supremo mencionado en el literal d) de los Vistos. 2. Según ingreso Subtel N° 111.342/2025: Autorízase a la concesionaria para modificar la dirección y el código de soporte de una (1) Estación Base autorizada mediante decreto supremo del literal d) de los Vistos, como se indica a continuación:
Para la Región: Del Libertador General Bernardo O'Higgins
[imagen omitida]
La ubicación y los plazos para la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables, de conformidad al decreto supremo mencionado en el literal d) de los Vistos. 3. Apruébense las solicitudes presentadas por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 5. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Daza Lobos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones (S). Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.