Decreto exento N° 686, de fecha 25 de noviembre de 2025, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, otorgó al Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, RUT N° 60.701.002-1, destinación marítima con vencimiento 30 de junio de 2055, sobre un sector de terreno de playa y playa, lugar denominado Caleta Torres del Inca, comuna de Chañaral, Región de Atacama, la que fue tramitada con el N° CM-00038-2022. A modo referencial se señalan las siguientes coordenadas geográficas:
Sector 1 - Tramo 2-A tiene una superficie de 9.253,05 m2.
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Sector 1 - Tramo 2-B tiene una superficie de 2.234,44 m2.
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La playa tiene una superficie total de 3.205,97 m2 y se encuentra conformada por los siguientes sectores:
Sector 1 - Tramo 1 tiene una superficie de 2.234,44 m2.
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El objeto de esta destinación marítima en los sectores otorgados es amparar actividades ligadas a la pesca artesanal de acuerdo al los Arts. 2° y 4° de la ley N° 21.027, que regula el desarrollo integral y armónico de caletas pesqueras a nivel nacional y fija normas para su declaración y asignación. Los antecedentes de la solicitud se encuentran a disposición del público en la Capitanía de Puerto de Chañaral. El presente extracto se encuentra visado por la Capitanía de Puerto antes señalada.
Chañaral, 9 de enero de 2026.- Carlos Opitz Bastías, Teniente 1° LT, Capitán de Puerto de Chañaral.