MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A

Rango Decreto
Publicación 2026-02-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
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Santiago, 15 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 999 exento.

Vistos:

a)

El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo N° 71 de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores. f) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

a)

Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 85.535 de 28.07.2025. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

Decreto:

Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, cuyo titular es la empresa TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A., R.U.T. N° 76.124.890-1, con domicilio en Av. Providencia N° 111, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

1.

Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un (1) radioenlace, para la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, según se indica a continuación:

[imagen omitida]

V: Vertical.

2.

La infraestructura soporte de los sistemas radiantes se indica a continuación:

[imagen omitida]

DE: Decreto Supremo, DE: Decreto Exento.

El radioenlace se implementará a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

3.

Los plazos son los que se indican a continuación:

[imagen omitida]

La presente autorización está afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha de notificación de este decreto exento. 4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 6. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.